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Problemas con la documentación... SOS

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Alexinter55

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RickyJohnson

El impuesto que te piden es el de este año que lo mandan ahora.(a partir de marzo lo suelen mandar).

 

El propietario de la moto a 1 de Enero es que tiene la obligación de pagarlo.

 

Lo más facil y rapido, te vas al ayuntamiento del vendedor con todos tus papeles (incluyendo fotocopaias del dni y contrato de comprar venta de la moto) y que te den un duplicado, lo pagas en el banco y te quitas de lios que por menos de 20€ no te merece la pena el lío, a no ser que estés a muchos kilómetros.

 

Luego ya si eso le pones la cara colorada al vendedor por los 20€ aprox. que no ha querido pagar, porque el periodo voluntario acabo el 16 de este mes desde el 1 de marzo;  y el periodo obligatorio hasta el 5 de junio, por lo menos en la comunidad de Madrid. Asi que no te duermas y solucionalo pronto.

 

Como otra opción es que vayas a una gestoría, pero te costará más el collar que el perro.

 

Un saludo,

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Hola amigos!  Bueno pues hace poco más de un mes que me compré una moto de segunda mano y el anterior dueño me dio la documentación. Fui a tráfico a hacer el cambio de nombre y zasss... me d

I quien te exige dicho documento Porque trafico no deveria . Por lo menos en catalunya no lo piden . Si es el gestor .... Siempre puedes ir al ayuntamiento con el contrato de compr

Ten cuenta de otras posibles acciones que puedas hacer, como dejar constancia o denunciar al vendedor de que no puedes hacer el cambio de nombre por documentación incompleta para ello, pues por ley ti

En la página de la DGT pone como dice Ruy el del año anterior, pero a mi me ha pasado varias veces como dice Ricky, tener que pagarlo para venderla porque el propietario a 1 de enero eres tu. Es como si la compras nueva en enero, tienes que liquidar el año aunque todavía no sea fecha de pago. Es como el IBI con los inmuebles. No se, personalmente solo lo he tramitado en trafico una vez. Por los 40€ que te cobra una gestoría no vale la pena, ellos no necesitan ni la viñeta ni leches.

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1 hour ago, RickyJohnson dijo:

El impuesto que te piden es el de este año que lo mandan ahora.(a partir de marzo lo suelen mandar).

El recibo del  impuesto que piden es el del año anterior  (no es el de este año), lo digo porque he hecho una trasferencia de la moto hace 1 mes y también he hecho una matriculación de una moto nueva y en la nueva si que tienes que pagar el de el año en curso para poder matricularla

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El devengo del Impuesto de Vehiculos es el 1 de enero por tanto debe pagarlo quien sea juridicamente propietario a 1 de enero.

 

El que te pidan la viñeta del año en curso o del año anterior depende (dependía, cuando lo exigían, ahora creo que ya no) que de que hagas la transferencia antes o despues del plazo de periodo voluntario de pago, es decir, si ya ha terminado el plazo para pagar el del año en curso tendrás que aportar este, sino el del año anterior.

 

Por cierto, no te pueden multar por no llevar el ultimo impuesto de circulación, es como el seguro, te pueden multar por no haberlo pagado, pero no tienes obligación legal de llevarlo encima.

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RickyJohnson
hace 2 horas, Tayo dijo:

El recibo del  impuesto que piden es el del año anterior  (no es el de este año), lo digo porque he hecho una trasferencia de la moto hace 1 mes y también he hecho una matriculación de una moto nueva y en la nueva si que tienes que pagar el de el año en curso para poder matricularla

Te lo explican en el post de abajo, el periodo voluntario ha expirado el dia 16. Por eso a ti en mayo te piden el del año anterior, ahora ya te piden el de este año

 

hace 2 horas, Josebaab dijo:

El devengo del Impuesto de Vehiculos es el 1 de enero por tanto debe pagarlo quien sea juridicamente propietario a 1 de enero.

 

El que te pidan la viñeta del año en curso o del año anterior depende (dependía, cuando lo exigían, ahora creo que ya no) que de que hagas la transferencia antes o despues del plazo de periodo voluntario de pago, es decir, si ya ha terminado el plazo para pagar el del año en curso tendrás que aportar este, sino el del año anterior.

 

Por cierto, no te pueden multar por no llevar el ultimo impuesto de circulación, es como el seguro, te pueden multar por no haberlo pagado, pero no tienes obligación legal de llevarlo encima.

Aqui te lo explica el compañero.

 

Un saludo,

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hace 4 horas, Josebaab dijo:

El devengo del Impuesto de Vehiculos es el 1 de enero por tanto debe pagarlo quien sea juridicamente propietario a 1 de enero.

Ya está dicho. 1 Enero propietario, le corresponde pagar ese año. otra cosa es que no te pidan que ese este pagado y o el recibo de ello para el traspaso.

 

hace 4 horas, Josebaab dijo:

 Por cierto, no te pueden multar por no llevar el ultimo impuesto de circulación, es como el seguro, te pueden multar por no haberlo pagado, pero no tienes obligación legal de llevarlo encima.

Si no lo pueden comprobar telematicamente, te multan y luego ellos no averiguan despues, vete tu a trafico a demostrales en plazo que lo tenias pagado. Así que tu si quieres no lo lleves todo y que tengas suerte y no te hagan perder el tiempo y el dinero.

 

hace 4 horas, Josebaab dijo:

 El que te pidan la viñeta del año en curso o del año anterior depende (dependía, cuando lo exigían, ahora creo que ya no) que de que hagas la transferencia antes o despues del plazo de periodo voluntario de pago, es decir, si ya ha terminado el plazo para pagar el del año en curso tendrás que aportar este, sino el del año anterior.

En unos sitios el plazo es diferente que en otros, trafico pasa de eso, de ti y de tus plazos, año 2016 y se acabo el tema.

Editado por ruy
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En cualquier oficina del ayuntamiento del antiguo dueño, preguntas si tal matrícula tiene algún pago de impuesto de circulación pendiente. Si no tiene pagado 2016, que es el que te interesa, les pides una carta de pago. Ingresas el importe en el banco y ya tienes el recibo.

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Hace tiempo que no es necesario presentar nada, solo tiene que estar pagado y ellos lo tienen en la base de datos. Tiene que estar pagado el del año anterior, da igual la fecha de este año en la que hagas la transferencia, aunque ya hayan pasado los del año en curso. El problema es que lo más seguro es que no haya pagado ninguno y cuando vayas a su ayuntamiento, te cobren todos los atrasados, por eso el tío no te coge el teléfono.

  • Mola 1
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Yo siempre tramito las transferencias por gestoria y 0 problemas prefiero pagar mas antes que verles las caras a los de tráfico que parece que cada vez que vas te están haciendo un favor con un palo metido por el culo, ya tuve una par de encontronazos, esto en Pamplona en los demás sitios nose como pasara. Un saludo

  • No me gusta (-1) 1
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Yo tambien procuro hacerlo, te quitas de problemas, ellos tienen su propio pasillo y cierto trato preferente cuando hay problemillas de estos, además hay gestorias con precios muy buenos

 

Por cierto, que escribimos de muchas cosas y pasamos mucho tiempo a cosas que no tienen demasiada importancia ¿alguien sabe de alguien que le hayan sancionado por no llevar justificante del pago de la viñeta municipal?

 

 

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hace 7 horas, manuryno dijo:

 El problema es que lo más seguro es que no haya pagado ninguno y cuando vayas a su ayuntamiento, te cobren todos los atrasados, por eso el tío no te coge el teléfono.

Cada año tiene su recibo, como mucho te dan todos los impagados, juntos, pero individuales, cosa que no suele suceder si no eras el titular, si es para pagarlo porque te hace falta para el traspaso te suelen dar el que es o se equivocan queriendo o sin querer y te dan el del año en curso y si lo pagas, pues luego a pagar el otro que te hace falta, por eso asegurarse de que se paga periodo año anterior.

Editado por ruy
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hace 2 horas, ruy dijo:

Cada año tiene su recibo, como mucho te dan todos los impagados, juntos, pero individuales, cosa que no suele suceder si no eras el titular, si es para pagarlo porque te hace falta para el traspaso te suelen dar el que es o se equivocan queriendo o sin querer y te dan el del año en curso y si lo pagas, pues luego a pagar el otro que te hace falta, por eso asegurarse de que se paga periodo año anterior.

Supongo que eso dependerá de los ayuntamientos porque cada uno es un mundo (como las ITV), porque a mi ya me ha pasado eso en dos distintos. Si vas en periodo de recaudación voluntaria, puedes pagar solo el que toca porque se puede hacer en el banco directamente, pero si es atrasado va por recaudación ejecutiva y no te dejan pagar solo ese. Pero ya digo que hablo por lo que me ha pasado a mi, no conozco el sistema en otros ayuntamientos.

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