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Carnet A2 ¿puedo llevar Ktm450 exc, Honda CRF 450 y Yamaha wr450?

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zapaburgos

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Buenas tardes 

Llevo meses dando vueltas y buscando algo más para cambiar mi Honda Crm 80. Estoy muy contento con ella, pero ahora quiero un poco más de potencia , porque quiero hacer más carretera (trayectos cortos ) y menos camino, y busco algo que me pueda coger fácilmente 130 km/h. Me gusta siempre el tipo de moto de enduro con kit de supermotard , pero no haría conducción extrema. Entonces me han recomendado 3 modelos que encajan con mi búsqueda, que cambiándolas Neumaticos, kit arrastre, y pinza freno me valdría. Son Ktm450 exc, Honda CRF 450 y Yamaha wr450.

De las tres , me decanto más por la Yamaha, pero ahora viene mi duda. 
Tengo el carnet A2 recién sacado que me permite llevar motos con una potencia máxima de 35 Kw (48 CV) y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.

¿alguno que tenga alguna de ellas, me podría confirmar si puedo ? Es que se que tienen más cv de los que pone en ficha , pero quiero cerciorarme antes de empezar mi búsqueda de segunda mano.

un saludo y gracias 

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Legalmente no puedes llevarla.

Te diría que no puedes porque pasa los kw permitidos para el carné a2

No se porque hay gente que dice que noes legal. 30cv pone en la ficha técnica. Y relación peso-potencia inferior a 0,2. ¿ porque decís cosas que no son ciertas? Es mas ,  esta semana con confinamiento

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Puedes llevar la que quieras, pero la CRF es de MX aunque este matriculada la 5 es muy corta y no creo que te vaya bien para carretera.

 

Yo para SM me plantearía también una 500.

Editado por xavigg
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Una cosa es lo que se haga y otra lo legal.

La crf la puedes llevar sin ningún problema y sin carnet, solo con seguro de circuito... y en circuito Fuera del circuito legalmente salvo que pilles alguna de las CRF que se matricularon legalmente, no puedes llevarla con ningún carnet, eso en cuanto a las CRF

 

En cuanto a las otras si suponemos 35 Kw (los reales, no los que marca la ficha técnica) o algo mas y que pesarán unos 118 kilos las mas pesadas aunque actualmente todas suelen pesar unos cuantos kilos menos  ya tendríamos una relación potencia /peso de 0,29Kw/kg que se pasa del 0,2 por tanto por relación peso potencia no podrías llevarla SIN limitarla y si tenemos en cuenta que seguramente algunas den  mas de 35 Kw y seguro que pesan menos de 118 kilos, la relación  potencia peso todavía sería mayor, así que legalmente la respuesta es NO sin limitarlas.

 

Otra cosa es que actualmente todas en la ficha técnica ponen mucha menos potencia de la que tienen realmente, vamos que podríamos decir que todas salen "limitadas en papeles" y según la ficha técnica si podrían  llevarse con el A2.

 

Esto puede generar muchas discusiones, pero la realidad es esta, según la ficha técnica en teoría podrías llevarla, pero en la realidad las motos no se ajustan a la ficha técnica y dan mas potencia de la que ponen y por tanto con la potencia REAL, no puedes llevarla "legalmente" con el A2 sin limitarla FÍSICAMENTE para rebajar la potencia hasta que te de una relación potencia peso de 0,2Kw/kg o inferior.

 

Como referencia una moto de 104 kilos no debería pasar de 20kw (26CV) que es algo mas de la mitad de la potencia que debenestar dandop estas motos) para poderse llevar legalmente con el A2

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hace 48 minutos, Edu55 dijo:

Otra cosa es que actualmente todas en la ficha técnica ponen mucha menos potencia de la que tienen realmente, vamos que podríamos decir que todas salen "limitadas en papeles" y según la ficha técnica si podrían  llevarse con el A2.

 

yo tengo una KTM exc 300 y voi con el A2

"legamente" se supone que no se puede llevar

pero si en los papeles de mi moto (y todas las de enduro) pone que se puede llevar con el A2 no voi ilegal...

tenga un accidente, me vea involucrado o similar, si en mis papeles pone que puedo llevar una 300 2T con el A2 no me pueden decir nada...este limitada o no, todo lo demas que me digan no me incumbre...

ya que lo esta poniendo una casa oficial en unos papeles de una moto que me han vendido (me refiero a un juicio por ejemplo)

tengo claro que no me voi a sacar el "engaño" del A cuando con el A2 puedo llevar mi KTM 300 2T

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1 hour ago, surkero dijo:

si en los papeles de mi moto (y todas las de enduro) pone que se puede llevar con el A2 no voi ilegal...

En los papeles de tu moto puede poner lo que quieras, pero eso se refiere a la moto tal cual ha sido homologada, el problema es que tu si moto no esta acorde con la homologación que certifican los papeles, (que no se si alguna enduro de las que están en circulación lo estará ?‍♂️) ... ya sabes.

 

 

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Muy buenas

Para empezar, no la quiero para circuito, la usaría para ciudad. 
Buscaría una moto a poder ser que sea todo de origen y este lo menos modificada posible. 
Mi duda me entra , cuando se que esas motos tienen menos caballos que los que declara en ficha, me gustaría saber cuantos carvallos declara seguros en ficha y su peso . Si alguien tiene una y no le cuesta mucho mirármelo, se lo agradezco.

Y en cuanto a la legalidad, lo tengo muy claro , que cumpliendo las condiciones del A2, nadie me puede decir nada. El resto será problema del fabricante, siempre y cuando la moto la lleve sin modificar. 
Por esto pido si alguien tiene alguna ficha técnica de cualquiera de los dos modelos, me lo confirme seguro que datos de cv fiscales y peso pone .

Gracias 

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NIngún fabricante falsifica la documentación de su moto. Eso es rigurosamente falso. La potencia de la moto (no de la unidad de homologación, sino de la unidad que tú has comprado) es la que indica el fabricante en la documentación. Lo que tú hagas una vez que te has comprado la moto es cosa tuya. Haces las modificaciones que quieres, pero las haces tú, no el fabricante. 

 

Tampoco conozco a nadie (a lo mejor conozco a poca gente) al que al pararle la GC le hayan puesto la moto o el coche en un banco de pruebas para averiguar la potencia real. No contemos historias para asustar a los niños pequeños. 

 

Si tuviéramos que valorar todas las variables de todas las desgracias que nos pueden suceder, mejor no salir a la calle, no sea cosa que en el portal se le caiga el ventanal al vecino de arriba. Es algo que entra dentro de las posibilidades y yo conozco a uno que perdió un ojo así, pero no se puede hacer regla de la excepción. Podéis salir a la calle tranquilos, son solo  historias para asustar a los peques. Leídas con lupa y mucho esmero en internet, eso sí.

Editado por Prudencia
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hace 4 horas, zapaburgos dijo:

Por esto pido si alguien tiene alguna ficha técnica de cualquiera de los dos modelos, me lo confirme seguro que datos de cv fiscales y peso pone .

Gracias 

os dejo un post antiguo de este mismo foro 

 

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hace 6 horas, zapaburgos dijo:

Muy buenas

Para empezar, no la quiero para circuito, la usaría para ciudad.

Entonces olvídate de la CRF por que es una moto de cross y no puede circular legalmente por cuidad, a no ser que encuentres una de las que se llegaron a matricular, o no sea una CRF sino una CRF  X.

 

Al margen de eso, te diría que para ciudad, las demás aunque si pueden circular legalmente, hay motos muchísimo mas adecuadas para ciudad que una enduro.

 

hace 6 horas, zapaburgos dijo:

Mi duda me entra , cuando se que esas motos tienen menos caballos que los que declara en ficha

Supongo que te has despistado, a mi me pasa bastante ...  esas motos dan bastantes MAS CV de los que declaran en la ficha técnica, eso si una vez que se han retirado las limitaciones de la homologación, como pasa con la práctica totalidad de las enduro de los últimos años que circulan actualmente, porque si las conservaran darían la potencia que pone en la ficha técnica y no andarían un pimiento

hace 6 horas, zapaburgos dijo:

Y en cuanto a la legalidad, lo tengo muy claro , que cumpliendo las condiciones del A2, nadie me puede decir nada. El resto será problema del fabricante, siempre y cuando la moto la lleve sin modificar.

El fabricante no tiene el mas mínimo problema, sus motos las manda al concesionario con las limitaciones de la homologación.

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Estoy leyendo el tema este y, yo me saqué el A1 con 16 años, y me examine con una Vespa 160.

La prueba era dar unos regates a 3 o 4 conos.

El A2 con 18, y me examine con una Vespa 75 Primavera, imagino que era lo que tenian, y el examen cambio a conos, railes por el suelo, ir hacia una pared que tenia un colchon colagado, imagino que para amortiguar un posible impacto etc

 

Y ahora, la verdad, ni p idea del carnet que hay que tener para llevar segun que moto.

 

Desde luego, antes España era un pais libre, ahora todo esta prohibido menos los especificamente no prohibido.

 

Alucino con esto del carnet de conducir.

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hace 21 horas, Abelictus dijo:

En teoría, las motos de enduro vienen todas "limitadas" de fábrica. Mientras no de más de 48cv me parece que no tendrás problema, y ninguna suele dar.

No es así exactamente, el que no quiera leerse todo el tocho, puede pasar directamente al final ..

 

La ley limita por potencia máxima y por relación potencia/peso y ahí es donde fallan todas las enduro, por ley para que se pueda llevar una moto con  el carnet A2 y 35Kw o 46.9... CV  pero la moto debería pesar unos 175 kilos, si miras este cuadro ves que tiene que pesar una moto de 35kw para poderse llevar con el carnet A2 y que potencia máxima puede tener una moto de 108 kilos por ejemplo, para poder llevarla con el carnet A2

image.png.a790758831bb33ee508fabb654f2f153.png

 

En este articulo lo explica bastante bien así como las consecuencias de llevar una moto limitada en papeles, pero no en la realidad...  

https://www.formulamoto.es/carnet-moto/2018/01/05/limitacion-potencia-carne-a2-debes/20382.html

 

 

Para quien no quiera leerse todo el articulo , a continuación  pongo un extracto (corta/pega).

Las consecuencias legales si te "pillan" con una moto limitada en papeles que esté dando mas potencia de la que pone en la ficha técnica son estas ...

 

¿Y SI LA DESLIMITO A ESCONDIDAS? MALA IDEA

Llevar una moto que supere la potencia declarada en la ficha técnica es ya de por sí un mal asunto: hay una falsedad en la documentación de la moto. Pero, además, si tienes el carné A2 y tu moto no cumple los requisitos, el problema es grave porque, directamente, no tienes carné de conducir para ese vehículo. Si te descubren tendrás todo tipo de problemas. Si no llevas instalado el sistema de limitación de potencia pueden quitarte 4 puntos de carné y hasta 400 € de multa e incluso retirarte el carné hasta dos años. Puede, incluso, considerarse un delito contra el artículo 384 del Código Penal: si conduces sin carné o con él retirado, establece prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticuatro meses o pena de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

 

 

Esta es la parte de la normativa que en concreto afecta al A2 con las enduro:

 

QUÉ DICE LA LEY SOBRE EL CARNET A2

Que no pasen de 35 kW (47 CV). Esta es la parte de la norma fácilmente entendible y la que todos empleamos como simplificación, pero existe un segundo requisito, más complicado.

Que su relación potencia / peso sea superior a 0,2 kilowatios por kilo, o lo que es lo mismo, 0,26 CV por cada kilogramo. Esto significa, por ejemplo, que para una moto de 47 CV, su peso mínimo debe ser 175 kg. Por ello, motos como la KTM Duke 390 no apuran el margen legal y se queda en 45 CV declarados en lugar de alcanzar los 47 CV. En este caso, según su peso legal, no puede pasar de esa potencia para cumplir con el requisito de los 0,2Kw/kg. Y otro caso curioso sería una Suzuki DR-Z 400. Con 29,40 kW (40 CV), pesa 145 kilos y esta relación ofrece una cifra de 0,202 kw por kilo. Así, necesitas carné A para llevarla.

 

En concreto creo que hay una errata en  en el artículo y donde pone:

 "Que su relación potencia / peso sea superior a 0,2 kilowatios por kilo"

 

Creo que falta un "NO" es decir creo que debería ser:

"Que su relación potencia / peso NO sea superior a 0,2 kilowatios por kilo", por que si es una limitación no tiene sentido que deba ser superior a ...

 

Cierto que si le paran muchas casualidades tendrían que concurrir para que verifiquen la potencia real que esta dando la moto y si te paran  y te denuncian por algo será por temas de la ley de montes o por retrovisores, intermitentes, matriculas o temas similares, pero según la ley  con el carnet A" y una moto con un peso de 108 kilos (las enduro normalmente rondan ese peso e incluso menos...) máximo 28.8cv

Editado por Edu55
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  • 1 month later...

Hola,

 

Yo tengo una CRF 450X del 2011, y en la ficha consta que tiene 9 KW (lo que viene a ser unos 12 CVs), con una relación potencia / peso de 0,04 KW/Kg. Es espectacular que esto cuele en la homologación, pero es lo que hay, por lo que entiendo que con el A2, papeles oficiales en mano, no te deberían poner pega alguna al respecto.

 

Otra cosa es la potencia “extraoficial” de la moto, que parece ser ronda los 45 CVs, con lo que en este caso te sobrarían todavía 2 CVs hasta el límite de 47 del A2 en caso de que te la metieran en el banco, aunque habría que ver si en tal caso se meterían a calcular la relación peso / potencia resultante (la cual sí se pasaría de los 0.2 KW/Kg permitidos).

 

Yo, francamente, iría bien tranquilo en base a que la ficha indica lo que indica y la moto esté de serie, pero aquí cada cual tendrá su más que respetable opinión al respecto.

 

 

Un saludo.

 

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hace 15 horas, riko_ivars dijo:

Hola,

 

Yo tengo una CRF 450X del 2011, y en la ficha consta que tiene 9 KW (lo que viene a ser unos 12 CVs), con una relación potencia / peso de 0,04 KW/Kg. Es espectacular que esto cuele en la homologación, pero es lo que hay, por lo que entiendo que con el A2, papeles oficiales en mano, no te deberían poner pega alguna al respecto.

 

Otra cosa es la potencia “extraoficial” de la moto, que parece ser ronda los 45 CVs, con lo que en este caso te sobrarían todavía 2 CVs hasta el límite de 47 del A2 en caso de que te la metieran en el banco, aunque habría que ver si en tal caso se meterían a calcular la relación peso / potencia resultante (la cual sí se pasaría de los 0.2 KW/Kg permitidos).

 

Yo, francamente, iría bien tranquilo en base a que la ficha indica lo que indica y la moto esté de serie, pero aquí cada cual tendrá su más que respetable opinión al respecto.

 

 

Un saludo.

 

Siendo Honda, la moto llegó al concesionario cumpliendo la homologación.

Intenta recordar si en alguno de los papeles que firmaste al comprarla solicitaste alguna modificación para uso exclusivo en circuito.

Este tema mejor por mp

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