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chicha28

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bueno tios..por falta de fe y por la mala ostia de la mayoria...ahora os vais a tomar por...ADIOSSSS

Tas Lucio, chichaaaa, vaya tela, no se si serás Guardia o no (hasta que se pruebe), pero si lo eres nos has dejado como el culo....

Saludos a todos menos a tí........

no soy ningun niño para ir presumiendo de poli por ahi....y si me he lucio o no...pues tu me diras con todas las boberias q ponen aqui pues se quitan las ganas de ser enrollado...pense que habia gente seria por aki...se ke los hay...pero hay mucho capullo
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aqui tengo algunas de las sanciones mas comunes:

-conducir con itv caducada:150 no quitan puntos

-Circular con el vehiculo reseñado cuyos organos motores no se ajustan a las prescripciones tecnicas reglamenterias:450e

-circular con el vehiculo reseñado provisto de depositos que contengan materia inflamable que no cumplan las prescripciones tecnica fijadas reglamenteriamente:450e

-circular con un vehiculo que carece del numero reglamenterio de espejos retrovisore(si en la ficha pasa de 60km/h son 2):150e

-circular con el vehiculo reseñado con el escape libre,sin silenciador o con este inficaz:150e

-circular con el vehiculo reseñado cuya matricula no es visible por haber sido alterada eludiendo la vigilancia del trafico:150E 2 puntos

-no identificar al conductor del vehiculo al haber cometido una infraccion:310-1500e

-efectuar reformas d importancia sin autorizacion:150e

-no obedecer una señal de entrada prohibida o restriccion de paso:70-90E

-(para mas de uno aki)..conducir bajo los efectos de sustancias estupefacientes,psicotropicos,estimulantes y otras sustancias analogas:450e 6 puntos

-una aclaracion...si te das a la fuga y el guardia se queda mordido te puede meter facilmente conduccion temeraria:450e y no obedecer las señales de los agentes que regulan la circulacion:60e y si es mu cabron algo mas se puede inventar por no haberte parado

LA MAYORIA DE LAS SANCIONES NO LLEVAN INCLUIDAS DESCUENTOS DE PUNTOS...Y EL DESCUENTO DE PUNTOS AUNQUE VENGA EN EL CODIFICADO DE TRAFICO MUCHAS ECES NO SE APLICA ESTE.SIENTO NO DAR LOS DESCUENTOS DE PUNTOS DE ALGUNAS DE ESTAS SANCIONES(LAS QUE LLEVAN)YA QUE EL CODIFICADO QUE TENGO POR AKI NO TRAE TODOS LOS DESCUENTOS DE PUNTOS...PERO ESO NA...500 EURITOS PAL ESTAO Y TE RECICLAN EN UN PIS PAS UNOS PUNTITOS :twisted:

el punto con letra más grande, se refiere a poner el nombre de la empresa a la moto?

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eso significa que el titular de todo vehiculo está obligado a identificar al conductor del vehiculo en el momento de la infracción en el caso de que no fuera el conductor el mismo titular, y si no lo identifica esa es la sanción por no identificarlo y por supuesto la otra sanción también se la cascan, sea cual fuere.........saludos.......

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Hola clementi, esto es lo que pone el articulo en la Ley de Seguridad Vial, y creo que está sancionado desde un mínimo de 310 a 1500 euros...

No identificar el titular del vehículo, debidamente requerido para ello, al conductor respon-sable de la infracción. (La cuantía de la multa será del doble dela que correspondería a la infracción cometida con el vehículo de su titularidad, con un mínimo de 310 euros)

Hombre el escrito está bien hecho, pero creo que viene a decir exactamente lo que dice el precepto infringido, vamos que no se identifica al conductor responsable de la infracción, por consiguiente creo que la sanción se la harán pagar al titular del vehículo puesto que no ha procedido a identificar al conductor tras haber sido requerido para ello...

espero haberte ayudado en algo.............saludos y a tu disposición.......

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bueno tios..por falta de fe y por la mala ostia de la mayoria...ahora os vais a tomar por...ADIOSSSS

Tas Lucio, chichaaaa, vaya tela, no se si serás Guardia o no (hasta que se pruebe), pero si lo eres nos has dejado como el culo....

Saludos a todos menos a tí........

tranquilo canijito, que el que tenga la cabeza sobre los hombros ya sabe lo que hay...

a mi personalmente, este post no me ha hecho cambiar de opinion sobre la guardia civil.... yo el trato que he tenido siempre con ellos ha sido siempre muy correcto (y que no salga alguno diciendo que hablo asi de ellos porque me han quitado la denuncia. que me han denunciado alguna vez, solo es cuention de pensar si te la mereces o no...)

saludos!

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No creo que este tipo de post ayuden mucho al foro. La verdad que deje de seguirlo hace tiempo, y no entiendo como aun sigue en pie.

No os lo tomeis a mal, lo digo sin acritud.

Un saludo y un poco mas de buen rollo.

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Sería muy positivo que lo que dices pudiese llevarse a cabo como "legal", pero bajo mi punto de vista, ellos suponen que si no hay una denuncia por robo del vehículo, el número de usuarios que pueden conducir ese vehículo son determinados y mínimo. Con lo cual pueden entender, por supuesto porque les interesa, que lo que estás haciendo al ser negativa la identificación, es ocultar la identidad del individuo que presuponen conoces, "si no, no le dejarías tu vehículo" es lo 1º que te dirán.

Incluso en el caso de que sea un vehículo comercial, en el que se abren muchas más variables ya que el número de posibles conductores puede ser muy elevado, presuponen que hay tener un libro de registro para identificar al conductor.

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