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Dudas al vender una moto de motocross sin papel alguno

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villaverde-leon

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villaverde-leon

Hola compañeros.

Mi duda es la siguiente:

Tengo una Suzuki RM 250 con sus años ya, que en su día compré sin papel alguno, ni carta de compra ni nada por el estilo. Lo único que hice fue pasar el numero de bastidor por si estaba robada o algo y la moto estaba libre de gravamenes.

Ahora el futuro comprador me pide un papel de compraventa o algo que justifique que me compra la moto.

Yo no tengo ningún problema en hacerle un papel de compraventa o lo que sea, ya que la moto no tiene ninguna carga legal.

¿Que tipo de contrato de compraventa tengo que realizar?

¿Hemos de pagar algún tipo de impuesto o similar al hacer la compra-venta?

Es que estoy un poco perdido en este tema, yo creo que con hacer un papel en el que ponga que yo D. XXX XXX vende la moto a D. XXXXX... sobra, ¿no?

Os pido algun consejillo.

Muchas gracias compañeros

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villaverde-leon

He incluido a parte de las clausulas normales de un contrato de compraventa entre particulares estos puntos:

IV.-Que el vehículo, es un vehículo especial, considerado de competición el cual solo puede ser usado en circuito autorizado y que el comprador queda enterado que su uso fuera de ese marco legal puede ser penado administrativamente o judicialmente.

TERCERA.- El vendedor, en este acto, hace entrega al comprador, del automóvil que adquiere, libre de cargas y gravámenes, haciéndose éste último responsable desde la fecha del presente documento, de cuantas cuestiones pudieran derivarse del uso o posesión del mismo, incluidas responsabilidades y sanciones de cualquier tipo

¿Qué os parece?

Yo creo que esta bien, para lavarme un poco las manos del uso que le pueda dar el nuevo dueño.

un saludo compañeros

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Perfecto tio mejor imposible, con estar la moto libre de cargos a ti ya no te pueden reclamar nada ya que el que se come el pastel en caso de que le pillen por la calle con la moto es el que va encima de ella nadie mas.

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Miki Mottoverdi

Yo hice lo mismo exactamente hace años,un documento de venta en el que firmábamos los dos,comprador y vendedor que aún conservo,pero ojo,eso a los ojos de los agentes si te/se la quitan porque circule/s por ahí no sirve absolutamente para nada si quiere/s recuperarla,para ello deberá/s aportar la factura original de compra del primer comprador,además sino se la muestra/s les parecerá robada y ya tiene/s un problema,supón que el que te la vendió a ti era robada y el dueño original puso una denuncia en su día,pues hasta ahora que la G.C. no te/se la ha quitado y comprobando su número de chasis no les ha salido una denuncia de robo pendiente,cosa que tú y tu comprador desconocíais,pero quién la tiene ahora eres tú o tu comprador y no tiene/s factura,pues para ellos ya tienen al ladrón,(al que se la quitan).

Por otra parte si que está bien lo de averiguar sus cargas para no comprar un problema de otro,es lo que me dijo a mí la G.C. cuando fuí a preguntar antes de comprarla,suerte. :shock: :shock: :? :?

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villaverde-leon

El tema es que la moto esta comprobada en tráfico con su respectivo informe del día que la compre yo hace ya un montón de años, el cual demuestra que la moto no tenía ninguna carga legal.

La moto a día de hoy no creo que la de nadie por robada, porque el dueño original perdió la factura de compra y por eso no me la pudo dar a mi.

Lo que hace la GC si te pilla con la moto por la calle es pedirte la factura de compra, que en este caso no se puede aportar, por lo cual podrían levantar un "Acta de inmovilización" hasta que se pueda demostrar legalmente que esa moto tiene un origen lícito. Por norma general esto no se suele hacer por parte de la GC, ya que ellos comprueban mediante su base de datos si esa moto tiene señalamiento GC por moto sustraida o si tiene algun tipo de carga legal o administrativa. Ellos saben que muchas de estas motos se pierden la factura al cabo de los años, por lo que no la inmovilizan a no ser que tenga el señalamiento creado por una denuncia por robo o similar. Por norma general si te pillan andando por donde no debes, te meten la de carecer de seguro que son 1500€ y ya se quedan bien agusto, no suelen hacer leña del árbol caido.

Por lo que la moto la venderé así, haciendose responsable el nuevo dueño del uso que de a la moto.

Un saludo :D

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Miki Mottoverdi

Me parece bien que confíes en que "la G.C. sabe que esas facturas se suelen perder y por eso el anterior dueño no te la dió a tí"(ironía),pero si podía haber pedido un duplicado,será cosa de gnomos que a muchas motos de cross se les pierde la factura...por aquí en Barbate y alrededores no se pierden,sino que roban las motos de cross para pasar droga desde la orilla de la playa hasta meterlas en el pueblo a todo trapo sin documentación ni nada por el estilo,y la G.C. lo sabe.

Lo dicho los gnomos tiene la culpa... :wink: que la vendas bien.

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villaverde-leon

El que no se tenga la factura de compra no quiere decir por resultado que la moto sea robada. El chico que me la vendió no me la pudo dar a mi porque la perdió y casualidades de la vida la tienda donde la había comprado cerro hacía unos años.

De todas maneras siempre te puedes asegurar medieante el informe de la Jefatura de Tráfico del estado legal de la moto, cosa que hice yo en su día.

Tienes toda la razón del mundo en que la factura de compra es lo único que te ampara para demostrar que esa moto es tuya, pero también hay que decir que no por no tenerla quiere decir que esa moto sea robada y en todo caso tenga que levantar un Acta de Inmovilización la GC o la PL.

La moto es un bien de consumo al igual que puede ser un televisor, que por un translado de piso llevas en el maletero de tu coche y te paran los Señores de la GC, lo cuales te piden que demuestres que eso es tuyo y no robado y claramente si no tienes factura y tienen "sospechas fundadas" (al igual que las tienen que tener en una moto) te pueden intervenir la televisión. En ambos casos la GC puede mirar por el número de serie de la televisión o por el número de bastidor de la moto si ese artículo esta señalado como robado en las bases policiales por el resultado de una denuncia penal.

Un saludo compañero :wink:

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Yo he hecho un par de transacciones cno motos de cross y este es el contyrato que utilicé, cubre todos los suspuestos (si la moto tiene gravámenes, está robada etc)

Hoja 1/2

CONTRATO DE COMPRAVENTA

En xxxxxxxxxxx, a xxxxx de xxxxxx del xxxxxxx, reunidos D. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx DNI xxxxxxxxxxxxxxx tlf xxxxxxxxxxxxxxxx domicilio y CP XXXXXXXXXXXXXXXXXXx, y D. XXXXXXXXXX los mismos datos XXXXXXXXXXXXXX

MANIFIESTAN:

Que han acordado formalizar en este documento el contrato de compraventa de un vehículo automóvil en las siguientes condiciones:

1º) El vendedor, D. solo nombre, vende y entrega a D. solo nombre, el vehículo que declara ser de su propiedad, de la marca xxxx, modelo xxxxx, matrícula carece, nºde bastidor xxxxxxxxxx y nº de kilómetros carece, en estado seminuevo, por la cantidad de xxxxxxxx €.

2º) El vendedor, D. solo nombre, declara que no pesa sobre el vehículo ninguna carga, gravamen, arbitrio, impuesto ni deuda pendiente de liquidación en la fecha de la firma de este contrato, comprometiéndose a resolver cualquier reclamación anterior a la firma del mismo.

3º) El vendedor se compromete a facilitar y firmar al comprador cuantos documentos sean necesarios para que el vehículo quede inscrito a nombre del comprador, D. solo nombre, en los organismos estatales, autonómicos o municipales.

4º) El comprador, D. solo nombre, se hace cargo en el momento de entrega del vehículo al que se refiere este contrato, quedando conforme con su estado documental, así como de su funcionamiento,

5º) Asimismo, el comprador, D. solo nombre, se hace cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad del vehículo y por su tenencia y uso desde el momento de la entrega del mismo.

6º) Cualquier litigio que surja de la interpretación o incumplimiento del presente contrato se someterá al Arbitraje de Consumo de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de donde se haga la transacción .

Y para que esto conste, se firma el presente contrato de compraventa, por duplicado, a un solo efecto, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes interesadas.

Se adjunta copia del DNI de las dos partes.

Firma del vendedor Firma del Comprador.

Fdo. solo nombre Fdo. solo nombre

Hoja 2/2

Firmas de los testigos. (con DNI y nombre)

En xxxxx a xx de xxxx de xxxx

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