Saltar a contenido

NOSOTROS Y EL MONTE

Puntuar este tema:


discipulo

Recommended Posts

Estoy mirando un poco la ley de montes de mi comunidad, ya que aquí se habla de infracciones y de encontronazos con Seprona,Agentes Forestales,sanciones, etc.

Pero no veo que se hable de ningún derecho.

Pues bueno,comenzando a leer veo que "capitulo importante en la presente ley es el regimen aplicable a los aprovechamientos y usos del monte.El primero afecta a recursos y productos.El segundo, afecta al monte como espacio y soporte físico en el que se desarroyan actividades de diferente índole......

Pieza importante de a ley es la definición de un eficad regimen para la conservación y protección de los montes, mediante actuaciones que garanticen el mantenimiento de los ciclos ecológicos, que los defiendan de cualquier recurso de degradación o que los recupere en su caso.......

Sigo leyendo,pero,particuarmente pienso que nadie tira piedras a su tejao,que si disfrutamos del monte también debemos protejerlo, y dejar que su ciclo ecológico siga.

Hay normas,a las que desconozco,y como dice la ley, es un soporte en el que se desarroyan activiades de diferente índole.

Pero...cuales son las leyes que regulan nuestro paso por los montes?

Donde se pueden leer?

Quién las sabe,y en qué nos ampara?

¿POR QUE PUEDO DISFRUTAR CON LA BICI Y NO CON LA MOTO?

Por donde podemos circular?

(sigo leyendo a ley)

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Os dejo un enlace de una noticia de ayer en la sexta, relacionada con esto, a ver si alguien entiende algo:

http://www.lasextanoticias.com/videos/ver/el_penoso_estado_del_guadarrama/481213

Vamos que, es puro sentido común, la culpa debe ser del Barragán este, al abrir gas entrenando en el vertedero de la M45 sale todo despedido y mira donde acaba, por lógica el agua de lluvia lo va arrastrando y deposintandolo en el cauce del rio (cualquiera que haya visto CSI lo entenderá enseguida, es de cajón).

Enlace al post
Compartir en otros sitios

) Podrá limitarse o prohibirse el uso de elementos sonoros o las actividades

productoras de ruido siempre que puedan perturbar el desarrollo normal de actividades

socio-recreativas de otros usuarios o los hábitos del ganado y de la fauna silvestre.

4. La circulación y el aparcamiento de vehículos a motor será objeto de regulación

por parte de la consejería competente en materia de montes. No obstante no podrá

realizarse fuera de las pistas forestales y de las zonas señaladas para aparcamiento, salvo

por razones de emergencia o conservación, de gestión y vigilancia de los montes, labores

de extinción de incendios o excepcionalmente, previa autorización expresa

Ok..."limitarse a cuantos db...prohibirse"( ya no puede haber nadie),ni los vehículos de soporte, ni los que ejercen actividades foresales, ni caza, ni nosotros, ni na.

"Fuera de las pistas forestales"....Ya sabemos que se puede circular por pistas forestales.Ahora bien, ¿qué son y qué medidas han de tener esas pistas?

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Artículo 91. Restricciones.

1. La consejería competente en materia de montes podrá prohibir o limitar aquellas

actividades que supongan riesgo de incendio forestal.

2. Asimismo, y en condiciones de elevado peligro de incendio, podrá acordar

limitaciones a la estancia o tránsito en los montes de personas y vehículos.

3. Se prohíbe el tránsito por los montes con toda clase de dispositivos que puedan

ser utilizados para originar, de forma inmediata o retardada, un incendio forestal, siempre

que no sean de utilización común en los usos normales recreativos o en las actividades de

gestión del monte.

Me parece bien siempre y cuando sea para todos

No entiendo:" o en las actividades de gestión de monte" me gustaría saber cuales son y desde donde empiezan y hasta donde acaban.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Infracciones

Artículo 113. Tipificación de infracciones.

Sin perjuicio de las establecidas en el artículo 67 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre,

son infracciones a lo dispuesto en esta Ley las siguientes:

a) La apropiación o usurpación de la superficie de los montes públicos.

b) La destrucción, deterioro o daño de las construcciones e infraestructuras destinadas

al servicio del monte público en el que se ubican.

c) La corta, desenraizamiento, arranque o cualquier otra actuación sin autorización

sobre ejemplares arbóreos de especies forestales.

d) La realización de aprovechamientos forestales sin licencia de aprovechamiento.

e) La realización de aprovechamientos forestales que incumplan las condiciones

previstas en la autorización o licencia.

f) El incumplimiento de la obligación de regeneración en cortas a hecho y aclareos

intensos.

g) El incumplimiento de las obligaciones de comunicación y tratamiento en el supuesto

de plagas o enfermedades forestales oficialmente declaradas, así como de la extracción

de los productos forestales.

h) La utilización de productos tóxicos sin autorización en los montes.

i) El incumplimiento de los instrumentos de planeamiento forestal.

j) El incumplimiento del régimen de medidas provisionales acordadas por la

administración pública competente.

k) La no acreditación en plazo por el titular del aprovechamiento de las exigencias a

que se refiere el artículo 51.3 para la obtención de la licencia de aprovechamiento

forestal.

l) El incumplimiento, total o parcial, de otras obligaciones o prohibiciones en la

presente ley.

Artículo 114. Clasificación de las infracciones.

1. Infracciones muy graves:

a) Las previstas en el artículo 68.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre.

b) La infracción tipificada en el párrafo a) del artículo anterior, cuando sea igual o

superior a 5 hectáreas.

2. Infracciones graves:

a) Las previstas en el artículo 68.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre.

b) La infracción tipificada en los párrafo a) del artículo anterior, cuando sea inferior a 5 hectareas

c) Las infracciones tipificadas en los párrafos b), c), d), e) y h) del artículo anterior,

cuando los hechos constitutivos de la infracción hayan causado al monte daños cuyo plazo

de reparación o restauración sea inferior a 10 años y superior a 6 meses.

d) La infracción tipificada en el párrafo f) del artículo anterior.

e) La infracción tipificada en el párrafo g) del artículo anterior, cuando constituya

riesgo grave e inminente de plaga o enfermedad forestal.

f) La infracción tipificada en el párrafo i) del artículo anterior, cuando constituya

incumplimiento grave.

g) La infracción tipificada en el párrafo j) del artículo anterior.

3. Infracciones leves:

a) Las previstas en el artículo 68.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre.

b) Las infracciones tipificadas en los párrafos b), c), d), e) y h) del artículo anterior,

cuando los hechos constitutivos de la infracción hayan causado al monte daños cuyo plazo

de reparación o restauración no exceda de 6 meses.

c) La infracción tipificada en el párrafo g) del artículo anterior, cuando no constituyan

riesgo grave e inminente de plaga o enfermedad forestal.

d) La infracción tipificada en el párrafo i) del artículo anterior, cuando constituya

incumplimiento leve.

e) Las infracciones tipificadas en los párrafos k) y l) del artículo anterior.

4. Para calificar el grado de la infracción se requerirá informe técnico, debidamente

motivado, del servicio territorial con competencias en materia de montes, que se incorporará

al expediente sancionador.

Esto es un tocho,pero quizá a unos cuantos nos pueda interesar

Algunas cosas no las entiendo,porque no con todos los colectivos se cumple.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Discipulo, a mi entender, hoy por hoy no hay nada que hacer. Vamos que cuando quieran se nos cepillan y no hay mas.

Jaso, yo creo que lo declaran parque natural para que a ningún :idea: "alumbrao" del ayuntamiento le de por recalificarlo antes de que la mierda se haya asentado y compactado y la cimentación sea segura :lol: :lol: :lol:

En el parque regional del sureste saqué alguna bonita foto:

20110401parqueregionald.jpg

20110401parqueregionald.jpg

20110401parqueregionald.jpg

Enlace al post
Compartir en otros sitios
Os dejo un enlace de una noticia de ayer en la sexta, relacionada con esto, a ver si alguien entiende algo:

http://www.lasextanoticias.com/videos/v ... ama/481213" onclick="window.open(this.href);return false;

Vamos que, es puro sentido común, la culpa debe ser del Barragán este, al abrir gas entrenando en el vertedero de la M45 sale todo despedido y mira donde acaba, por lógica el agua de lluvia lo va arrastrando y deposintandolo en el cauce del rio (cualquiera que haya visto CSI lo entenderá enseguida, es de cajón).

¿Pero alguno se cree que los forestales,ecologetas en acción y hasta el mismo seprona va a tener cojones de meterse en el barrio de chabolas a pillar los datos de la gente para que luego les llegue una expediente por falta medioambiental? No hombre, estos van a por el tío normal que coge la moto el fin de semana para darse un paseo, el tío normal que tiene su nómina, su dirección fija y que no representa problema ni peligro alguno, y para sacarnos la pasta envían lo que haga falta, pero al río que le den por saco. Por cierto, que ya podían estos seres sensibles y prreocupados por el medio ambiente agachar el lomo en lugar de lloriquear tanto, les hubiera costado lo mismo ir a la TV que a una motoclub y pedir la colaboración de los endureros para limpiar el río, que a nosotros nos sobran huevos para dejar aquello como una patena.

Enlace al post
Compartir en otros sitios
Cherooke99,no estoy de acuerdo,no hay que tirar la toalla,solo es libre,el exclavo de sus sentimientos

No Discipulo, no quiero decir que haya que tirar la toalla, solo que yo entiendo que aferrandose a lo legal hay poco que rascar, ya que hablamos de leyes redactadas para la prohibición. No quiero decir que no haya que buscar una alternativa, pero creo que no está dentro de la actual ley de montes (pienso que está en su modificación y enfoque hacia la regulación).

¿Pero alguno se cree que los forestales,ecologetas en acción y hasta el mismo seprona va a tener cojones de meterse en el barrio de chabolas a pillar los datos de la gente para que luego les llegue una expediente por falta medioambiental? No hombre, estos van a por el tío normal que coge la moto el fin de semana para darse un paseo, el tío normal que tiene su nómina, su dirección fija y que no representa problema ni peligro alguno, y para sacarnos la pasta envían lo que haga falta, pero al río que le den por saco. Por cierto, que ya podían estos seres sensibles y prreocupados por el medio ambiente agachar el lomo en lugar de lloriquear tanto, les hubiera costado lo mismo ir a la TV que a una motoclub y pedir la colaboración de los endureros para limpiar el río, que a nosotros nos sobran huevos para dejar aquello como una patena.

Estoy de acuerdo, en esta sociedad cuanto mas "normal" seas menos derechos tienes. Pero por su parte tienen que tener poca verguenza para después multarnos por andar en moto.

Una manera de mejorar nuestra imagen sería actuar a favor del medioambiente y ser parte activa de su buen estado. Aunque ya solo por la pena que me dá ver estas cosas creo que valdría la pena actuar, así que si alguien decide hacer algo así que sepa que puede contar conmigo.

Además creo que es la forma correcta de hacer las cosas (quejarse y llorar no le veo mucho sentido, actuar y exigir me parece mas lógico -algo así como que la mejor defensa es un buen ataque-).

Saludos!

PD: se que hay gente que ya ha participado de estas tareas en otras ocasiones, como en Galicia a contado Cali, enhorabuena por ellos.

Enlace al post
Compartir en otros sitios
Discipulo, a mi entender, hoy por hoy no hay nada que hacer. Vamos que cuando quieran se nos cepillan y no hay mas.

Jaso, yo creo que lo declaran parque natural para que a ningún :idea: "alumbrao" del ayuntamiento le de por recalificarlo antes de que la mierda se haya asentado y compactado y la cimentación sea segura :lol: :lol: :lol:

En el parque regional del sureste saqué alguna bonita foto:

20110401parqueregionald.jpg

20110401parqueregionald.jpg

20110401parqueregionald.jpg

es que ahora en cuanto ven un terrenito lo declaran parque natural y se quedan tan anchos aunque sea un vertedero.luego vas tu con la moto y te cae la del pulpo :lol:

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Siempre les resulta mas facil hecharse a la gente normal porque nunca les va a pasar nada y para ellos es mas facil.A los que nos gusta hacerle fotos a los trenes,nos pasa lo mismo.Si estas encima de un puente esperando a que pase alguna circulacion no habitual ,posiblemente te aparezca la guardia civil o un 4x4 de adif a pedirte explicaciones de por que llevas ahi una hora y te pediran el dni,sin embargo cuando desaparecen 2km de cable de señalizacion que no lleva 5 min robarlo ya que hay que destapar la canaleta,sacarlo,cortarlo en pedazos,enrrollarlo y cargarlo en la fragoneta,no aparece ni dios a enfrentarse con ellos.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Completamente de acuerdo en limpiar la imagen del enduro.Pero quien dice que no quitamos ramas de los arroyos,o picotas de arboles que tocan los cauces, y no dejan fluir bien el curso del agua.(poco he visto a algún guarda forestal,descalzarse y meterse en un arroyo).

También he visto a gente con moto, pasar deprisa al lado de un rebaño de ovejas, y al pastor jurando después.

Creo que nuestra forma de limpiar imagen, es no ir con esta clase de gente,lógicamente creo que el campo es de todos,y los que lo disfrutamos somos los que más lo tenemos que cuidar y mantener.

Cuando se ayuda en tareas de rescate, o de extinción de incendios,la ley calla, o mira para otro lado.Creo que esto no debiera ser así.Que tenemos que aprovechar esto para que se conozca al que le gusta disfrutar del campo con su moto o bici, sin molesar

Que hay informes en los que dicen que no se vulnera nada el desarroyo de la nauraleza.

Enlace al post
Compartir en otros sitios
Siempre les resulta mas facil hecharse a la gente normal porque nunca les va a pasar nada y para ellos es mas facil.A los que nos gusta hacerle fotos a los trenes,nos pasa lo mismo.Si estas encima de un puente esperando a que pase alguna circulacion no habitual ,posiblemente te aparezca la guardia civil o un 4x4 de adif a pedirte explicaciones de por que llevas ahi una hora y te pediran el dni,sin embargo cuando desaparecen 2km de cable de señalizacion que no lleva 5 min robarlo ya que hay que destapar la canaleta,sacarlo,cortarlo en pedazos,enrrollarlo y cargarlo en la fragoneta,no aparece ni dios a enfrentarse con ellos.

Ya sabes...en este país que hay de todo, hay algún colectivo que tienen un "master" en "gestión medioambiental" en el subtema de "recicle"

¿cómo funcionan?

Está en la naturaleza,luego lo tomamos,lo depuramos y limpiamos(lo quemamos para quitar el plástico,durante buenos ratos), y luego lo metemos en la "dkv" para su posterior gestión (ganarse la vida).

Eso sí,si pasa uno como tu o yo,paramos y miramos ese trozo de macarrón de cable, o lo cojemos con la mano......SEGURO QUE NOS LA QUEDAMOS!

Enlace al post
Compartir en otros sitios

¡Navega sin publicidad en 2y4t!
Registra una cuenta o conéctate para comentar

Debes ser un miembro de la comunidad para dejar un comentario

Crear una cuenta

Regístrate en nuestra comunidad. ¡Es fácil!

Registrar una cuenta nueva

Iniciar Sesión

¿Ya tienes cuenta? Conéctate aquí.

Iniciar Sesión
×
×
  • Create New...