Saltar a contenido

me presento

Puntuar este tema:


forresgan

Recommended Posts

Bueno parece que hay dudas, para dejarlo claro: soy guarda forestal, aunque ya no nos llamamos así. Aprovecho para decir que no me gusta el nombre de agente forestal, agente medioambiental u otras denominaciones que nos está produciendo este reino de taifas. Personalmente me gustaría más el nombre de guardabosques pero creo que no tiene mayor importancia.

Bueno meto primera y arranco suavecito sin hacer ruido, sin derrapar y de momento circulo solo por pistas. :lol:

Bien paso a enumerar lo que creo que es la base de nuestras diferencias o problemática:

:idea: -1 Ley de montes nacional: en concreto :

Artículo 54 bis. Acceso público. Añadido por Ley 10/2006, de 28 de abril.

1. El acceso público a los montes podrá ser objeto de regulación por las Administraciones Públicas competentes.

2. La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes. Excepcionalmente, podrá autorizarse por la Administración Forestal el tránsito abierto motorizado cuando se compruebe la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso, la aceptación por los titulares, la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil.

3. El acceso de personas ajenas a la vigilancia, extinción y gestión podrá limitarse en las zonas de alto riesgo previstas en el artículo cuando el riesgo de incendio así lo aconseje, haciéndose público este extremo de forma fehaciente.

:idea: -2 Legislación autonómica, por ejemplo en Rioja:

Artículo 120. Circulación campo a través.

1. Se prohíbe la circulación de vehículos a motor campo a través, bien sea por cortafuegos, trochas de saca de madera, caminos de herradura, cauces secos, etc., excepto en los circuitos permanentes que se autoricen de acuerdo con el presente Reglamento.

:idea: -3 Lo que atañe a nuestro trabajo, legislación en Rioja otra vez:

Artículo 138. Vigilancia, Inspección y Control.

1. La vigilancia, inspección y control de lo dispuesto en este Reglamento y disposiciones que lo desarrollen será desempeñada por:

a) Los funcionarios del Gobierno de La Rioja de la Escala de Agentes Forestales.

b) Los agentes de la Guardia Civil, de otros cuerpos de Seguridad del Estado competentes y de las Policías Locales, de acuerdo con lo establecido en su legislación específica.

2. El personal de las letras a y b del apartado anterior tienen la condición de Agentes de la Autoridad y sus declaraciones harán fe salvo prueba en contrario.

:idea: 4 Ya acabo, para mí lo más importante:

3. El personal citado en el apartado 1 y los Guardas particulares del campo están obligados a poner en conocimiento de la Consejería cuantas actuaciones, acciones u omisiones conocieran que puedan constituir una infracción a lo previsto en este Reglamento y disposiciones que lo desarrollen.

Perdón por el tocho, en próximos post diré lo que opino al respecto

Gracias por el recibimiento :)

por gente como tu hemos tenido que ir acojonados por el monte .que huevos tienes ,ponte al paro y nos saldräs mas barato .

Enlace al post
Compartir en otros sitios
  • Respuestas 78
  • Created
  • Última respuesta

Top Posters In This Topic

  • forresgan

    12

  • koste301

    5

  • nostromo

    4

  • Kalay

    3

Bueno parece que hay dudas, para dejarlo claro: soy guarda forestal,

Ya acabo, para mí lo más importante:

3. El personal citado en el apartado 1 y los Guardas particulares del campo están obligados a poner en conocimiento de la Consejería cuantas actuaciones, acciones u omisiones conocieran que puedan constituir una infracción a lo previsto en este Reglamento y disposiciones que lo desarrollen.

Perdón por el tocho, en próximos post diré lo que opino al respecto

Gracias por el recibimiento :)

Este viene a darnos misa ya vereis...

Dominus boviscum :lol:

Creo que lo he hecho al revés, debí empezar diciendo lo que pienso y luego argumentar con leyes, perdón.

Bien, meto segunda y allá voy (espero que no se me agoten las marchas y me pase de revoluciones):

Mi opinión: son leyes absurdas que pretenden abarcar mucho y son inaplicables,en otra ocasión os pondré una ley en la que está prohibido no ya matar, sino espantar moscas. No es coña, lo demostraré.

Por otra parte, tenéis por ahí una especie de decálogo que me parece muy interesante.

Al grano:

-circulación por pistas: libre con limitaciones, velocidad y sobre todo ruido

-circulación campo a través:aquí está el quid de la cuestión. Una idea, donde no se note que ha pasado un vehículo :roll:

Seguimos la excursión juntos o vamos cada uno por nuestro lado? 8)

Por favor...............

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Bienvenido.

Yo tengo muchos conocidos entre los forestales. Existe de todo como en todos lados. Muchos odian las motitos, pero no todos :roll: .

Puedo ir adelantando que si nosotros estamos quemados, igual de quemados están ellos. La administración y sus superiores son una jaula de grillos que acaba por volver loco al más profesional.

También diré que son muchos los que "abren la mano" con el tema de las motos. Si llevasen a rajatabla su trabajo esto sería bastante peor. Muchas veces se mira para otro lado, aunque cuando ves a 4 subnormales con motos de cross haciendo el cabra les hervirá la sangre y pagará justo por pecador.

No entiendo cómo todavía existe peña que va sin db killer armando bronca. Es como ir diciendo -voy por aquí- cuando precisamente lo que tenemos que hacer es pasar desapercibidos. Un 4T abierto retumba en un valle que te c.... :twisted: :twisted:

Enlace al post
Compartir en otros sitios
Bueno parece que hay dudas, para dejarlo claro: soy guarda forestal,

Ya acabo, para mí lo más importante:

3. El personal citado en el apartado 1 y los Guardas particulares del campo están obligados a poner en conocimiento de la Consejería cuantas actuaciones, acciones u omisiones conocieran que puedan constituir una infracción a lo previsto en este Reglamento y disposiciones que lo desarrollen.

Perdón por el tocho, en próximos post diré lo que opino al respecto

Gracias por el recibimiento :)

Este viene a darnos misa ya vereis...

:lol: :lol:

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Dominus boviscum :lol:

Creo que lo he hecho al revés, debí empezar diciendo lo que pienso y luego argumentar con leyes, perdón.

Mi opinión: son leyes absurdas que pretenden abarcar mucho y son inaplicables,

ya, y dinos, ¿haces algo para informar a tus superiores de lo imposible e ineficaz de esas leyes que son para protejer la naturaleza? Como profesional imagino que eso es o debería ser algo prioritario y, si de hacerlo te juegas el puesto -cosa que no me extraña- siempre se puede denunciar esa situación. Si pasa eso, mereces nuestros aproyo y respeto, y como ciuddano creo que a todos nos interesaría saberlo. Pero, en serio, ¿si ves a una familia en su ford fiesta que va a comerse una tortilla debajo de un pino le pides los papeles del coche y le sancionas por circular por una pista forestal? Todos moros o todos cristianos, seguis órdenes y está más claro que el agua, nos quieres fuera del mote por motivos estéticos no ecológicos. Por cierto, en lugar de lo de las moscas, aclárame el bacile que me pegó un compañero tuyo que informó puntualmente de que estaba cometiendo una falta por circular con mi vehículo por un descampado, ni siquiera monte ni camino ni leches, pero él podía fumar en el monte, aunque no dejar la colilla, según me aclaró. Claro, no me quedé a ver si se la llevó o no, pero a las dos semanas ve vino la sanción a mí.

Por otra parte, tenéis por ahí una especie de decálogo que me parece muy interesante.

Al grano:

-circulación por pistas: libre con limitaciones, velocidad y sobre todo ruido

-circulación campo a través:aquí está el quid de la cuestión. Una idea, donde no se note que ha pasado un vehículo :roll:

Seguimos la excursión juntos o vamos cada uno por nuestro lado? 8)

Por favor...............

Me parece que hay en tu gremio un profundo desconocimiento de lo que es el deporte del enduro y el trial y también del significado de la expresión "campo a través", que cada uno interpreta como le da la gana. Por cierto son deportes más antiguos que los ecologistas y los chalets en la sierra.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Hola, gracias por contestar.

Con respecto a lo de nuestros superiores: ellos tampoco pueden hacer nada, las leyes se aprueban en el Congreso de los Diputados.Por cierto, hay un periodo en el que se puedena hacer alegaciones antes de que se aprueben.

Con respecto a lo de la vacilada del compañero: no entraré a juzgar las acciones de nadie y menos desconociendo los hechos reales. No digo que sea falso lo que dices, en mi gremio hay gente de todo........como en todos los colectivos, incluso en el de moteros.

No obstante, la definición de monte es esta. Siento ser pesado con lo de las leyes pero creo que tiene mucha importancia:

Artículo 5. Concepto de monte.

1. A los efectos de esta Ley, se entiende por monte todo terreno en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sea espontáneamente o procedan de siembra o plantación, que cumplan o puedan cumplir funciones ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas.

Tienen también la consideración de monte:

Los terrenos yermos, roquedos y arenales.

Las construcciones e infraestructuras destinadas al servicio del monte en el que se ubican.

Los terrenos agrícolas abandonados que cumplan las condiciones y plazos que determine la comunidad autónoma, y siempre que hayan adquirido signos inequívocos de su estado forestal.

Todo terreno que, sin reunir las características descritas anteriormente, se adscriba a la finalidad de ser repoblado o transformado al uso forestal, de conformidad con la normativa aplicable.

Añadido por Ley 10/2006, de 28 de abril. Los enclaves forestales en terrenos agrícolas con la superficie mínima determinada por la Comunidad Autónoma.

2. No tienen la consideración de monte:

Los terrenos dedicados al cultivo agrícola.

Los terrenos urbanos y aquellos otros que excluya la comunidad autónoma en su normativa forestal y urbanística.

Estabas en monte? Sea afirmativa o no la respuesta, la vacilada entiendo que sobra.

Saludos

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Hola bienvenido yo soy Willian wallas mido 2 metros de alto y tiro rayos por el culo. :mrgreen: :mrgreen:

Nos podrias decir con que moto sales, si haces mx o enduro? alguna fotillo estaría bien.

Saludos.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Hola 976, curioso lo tuyo con los rayos, me pregunto si tiene relación con los dos metros que mides. Además no quiero ni imaginarme los truenos consiguientes. Tambien siento curiosidad por si los rayos te salen espontaneamente o tienes que cebar antes el mecanismo expulsor. Supongo que nunca irás el primero en tus salidas. :shock:

No tengo moto, tengo carné, era obligatorio para la oposición. Cuando empecé en esto, mi primer vehículo era una Yamaha de carretera con la que me tuve que apañar más mal que bien.

Nunca he practicado, pero sé lo que es, enduro, trial o trail (bueno este último a lo mejor se aproxima algo a lo que hacía con la Yamaha pero no existían los GPS). No sé qué es mx.

Gracias por contestar, saludos :wink:

Enlace al post
Compartir en otros sitios

hola forresgan, bienvenido al foro.

presenta tambien a tu moto,, aqui nos gustan todas,,, si no tienes moto de campo ni practicas el todo terreno, con todos mis respetos aqui SOBRAS.

la legislacion es la que hay,, tu tienes tu trabajo con el cual te ganas la vida y nosotros practicamos nuestro deporte,, nosotros somos los primeros que queremos poder circular por pistas con tranquilidad y la licencia verde puede ser la solucion :)

practico enduro desde hace mas de veinte años y no creo que sea un peligro para los bosques,,, estoy cansado de ver desperdicios y basura por todos los lados,,, tambien por incendios forestales que masacran nuestros bosques,, y de todos esos males nunca somos los endureros los culpables :twisted:

lo dicho conserva tu trabajo y obra segun tu sentido comun,, que nosotros tambien haremos oo que creamos oportuno,, un saludo desde aragon 8)

Enlace al post
Compartir en otros sitios
hola forresgan, bienvenido al foro.

presenta tambien a tu moto,, aqui nos gustan todas,,, si no tienes moto de campo ni practicas el todo terreno, con todos mis respetos aqui SOBRAS.

la legislacion es la que hay,, tu tienes tu trabajo con el cual te ganas la vida y nosotros practicamos nuestro deporte...lo dicho conserva tu trabajo y obra segun tu sentido comun,, que nosotros tambien haremos oo que creamos oportuno,, un saludo desde aragon 8)

+1 Bravo!

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Bienvenido Forresgan, un saludo desde Salamanca, noto que hay cierta tensión en nuestros compañeros endureros, tendrás que comprendernos, es un tema que nos afecta bastante, y a mí personalmente me preocupa mucho, aunque todavía no me los he encontrado he de confesar que tengo un grado de acojone importante, opino que puedes hacerte un huequito en nuestro foro y aportarnos cosas, saludos cordiales.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

¿No sabéis la frase de "ten cerca a tus amigos pero aun más a tus enemigos"?

Fuera coñas, gracias por informarnos mejor sobre la normativa. Es importante comprender los otros puntos de vista, saber lo que molesta al resto de usuarios de monte para minimizarlo, sino acabaremos mal porque si han de quitar a alguien de la montaña tenemos muchos números de lotería.

Tengo claro el porque se prohibió el acceso motorizado al monte, pero hay una cosa que no tengo clara, el porque se prohíbe tanto el pasar por los cortafuegos.

Un cortafuegos interesa interesa que esté despejado, libre de plantas, las motos no podemos ir campo a través porque matamos la plantas, entonces, ¿que inconveniente hay en que pasemos por un cortafuegos?

Es un poco incoherente el que no te dejen circular por un sendero o pista, que las zarzas se coman el camino y al cabo de poco pasen la máquina abriendo de nuevo el camino.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

¡Navega sin publicidad en 2y4t!
Registra una cuenta o conéctate para comentar

Debes ser un miembro de la comunidad para dejar un comentario

Crear una cuenta

Regístrate en nuestra comunidad. ¡Es fácil!

Registrar una cuenta nueva

Iniciar Sesión

¿Ya tienes cuenta? Conéctate aquí.

Iniciar Sesión
×
×
  • Create New...