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¿otro impedimento?

Puntuar este tema:


jose65

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Hola a todos, por si no teníamos bastante con la ley de montes, ahora me encuentro con esto y quería saber si alguno sabe o me puede aclarar algo sobre este tema:

Vivo en Madrid y estaba casi decidido a ir a una quedada en otra comunidad pero lógicamente no me apetecía hacerme 900 km. por autovía entre ida y vuelta en mi KLX 250 por lo que había decidido alquilar una furgoneta. Esta mañana me he acercado a pedir presupuesto a una empresa de alquiler y cual no será mi sorpresa cuando me dicen que está totalmente prohibido por la DGT transportar una motocicleta dentro de una furgoneta y que si me "pillan" me pueden denunciar e incluso quitar algún punto, que solo se pueden transportar motos en carros destinados para ello, a mi realmente me extraña porque hace no mucho compré otra moto y me la trajeron en una furgoneta a todo rótulo lógicamente con la publicidad de la marca y de la tienda de motos.

Muchas gracias por vuestra atención.

salu2

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no se demasiado de estas cosas pero si no recuerdo mal lo que esta prohibido es transportarla en un habitaculo destinado al transporte de personas ejemplo una furgoneta de 7 plazas aun quitandole los asientos ese habitaculo esta destinado al transporte de pasajeros por lo que si esta prohibido pero en una furgoneta de 2 o 3 plazas siempre y cuando la carga no invada es espacio destinado a los pasajeros si se podria llevar.

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En una furgoneta de carga metes lo que te de la gana, siempre que no exceda el peso ni transportes materiales peligrosos.

Vamos que era un NO TE LA DEJO.

Enviado desde mi Galaxy Nexus usando Tapatalk 2

Eso quería decir :-) que creo que si no hay esta separación (ejemplo las que llevan asientos) no son consideradas de carga.

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juassss, que de respuestas, muchas gracias por el interés......

conste que en ningún momento me han dicho de no alquilármela, simplemente me han avisado de la posible "infracción"

a ver su hay algún civil entre los foreros que nos lo pueda aclarar.....

salu2

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pues que empiecen denunciando a seur que son los primeros que llevan las motos en furgonetas, sera lo que dice el compañero estara prohibido si es para pasajeros pero si es un furgon de carga puedes meter lo que quieras, por esa regla no se pueden cargar ni muebles.

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ahora yo pregunto:

porque se banea a un guardia si no incumple las normas del foro?

o acaso en las normas del foro dice en algun lado que no se puede ser guardia civil o forestal?

de hecho conozco a uno que si lo es y esta en el foro (no dire quien es por si acaso)

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Hola.

Yo tengo una Nissan Vanette cargo de 5 plazas y la guardia civil me multó con 40€ por no tener un separador entre la carga y los pasajeros.

Me explicó muy amablemente,que bastaba con una reja entre el espacio de carga y los pasajeros para que,en caso de accidente,la moto no pudiera llegar a golpear al conductor y acompañante.

Espero haber aportado algo.

Un saludo.

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