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EN MOTO POR MI PINAR????

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sanzvaca

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Hola:

Me surge una duda con respecto a la ley de montes.

Puedo andar en moto en un pinar que es de mi propiedad?????

La verdad es que para llegar a el tengo que incumplir las leyes de montes, pero podria andar por el??

Espero que me podais responder alguien con exactitud, porque segun estan las cosas, si puedo me limito a andar por alli, tiene 22000 metros.

un saludo

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La teoría es que el Seprona vigila que no se atente contra el medio ambiente, independientemente de que sea medio ambiente público o privado y en la realidad es así.

Si tu en tu terreno decides hacer un vertido ilegal o encender un fuego o hacer una central nuclear estás perjudicando el entorno que es de todos además del tuyo, creo que así se entiende mejor.

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Conforme a la ley 3/2009 de montes de castilla y león.

Artículo 2.– Concepto de monte.

1. entre otros, a los efectos de esta Ley, se entiende por monte todo terreno en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sea espontáneamente o procedan de siembra o plantación, siempre que no esté dedicado al cultivo agrícola. (con lo cual tu terreno se considera monte con respecto a esta ley)

Artículo 3.– Ámbito de aplicación.

Esta Ley es de aplicación a todos los terrenos que tengan la condición de monte de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior... (con lo cual tu terreno está dentro del ámbito de aplicación de la ley de montes).

Artículo 5.– Competencia de la consejería competente en materia de montes.

La consejería competente en materia de montes ejercerá las funciones y competencias de la Comunidad de Castilla y León para velar por el cumplimiento del objeto de la presente Ley. La consejería ejercerá las potestades de autorización, control, supervisión, intervención administrativa, fomento y policía que aseguren que la planificación y gestión forestal se realicen de forma ordenada, racional y sostenible. (con lo cual, cualquier uso que pretendas hacer de ese terreno deberás solicitarlo a la JCyL).

Artículo 4.– Objetivos de la Ley.

a) La conservación, protección y mejora de los ecosistemas y hábitats naturales de carácter forestal, así como de la diversidad biológica y del patrimonio genético y paisajístico ligados a los mismos.

b) La ordenación y regulación de los aprovechamientos de los montes como fuente de recursos naturales renovables.

c) La restauración de los ecosistemas forestales degradados, en especial los sometidos a procesos erosivos.

d) El cumplimiento equilibrado de la multifuncionalidad de los montes en los valores ambientales, económicos y sociales.

e) La defensa, consolidación y fomento de la propiedad forestal.

f) La integración de la política forestal con las restantes políticas sectoriales y, en particular, con las de urbanismo y ordenación del territorio.

g) La participación activa de los titulares de los montes en su conservación y protección.

h) El desarrollo rural y la permanencia de las poblaciones humanas locales vinculadas a los montes.

i) La integración de los montes como elementos constitutivos del entorno del patrimonio histórico y cultural de la región.

j) El fomento del conocimiento, valoración y respeto del medio forestal por parte de los ciudadanos.

k) El fomento de la industria regional de transformación de recursos forestales y la colaboración entre los sectores implicados en su producción, transformación y comercialización.

(como verás, ninguno de los objetivos que figuran en este artículo parece ser compatible con hacer enduro por el terreno, por lo que la autorización que deberás solicitar de la JCyL para ello no tiene muchas probabilidades de ser concedida...)

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Vaya, yo estoy en las mismas condiciones que sanzvaca, (eso si, nada de 2ha, vamos, ni la mitad) y pense que si me pedian responsabilidades quiza me pudiese salvar al ser un terreno de mi propiedad, pero ya veo que ni por esas...

Nada, ha quedado todo bien claro...

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Esa es la idea: sin modificar el terreno, te vas a recoger piñas con la moto de enduro. Te marcas tu recorrido utilizando referencias que ya estén ahí. Por ejemplo un pino gordo, luego una piedra con forma de rana y así... Exceptuando la época de incendios, no creo que tengas ningún proplema. No necesitas ninguna autorización para moverte por tu terreno con un vehiculo a motor: estarían finos los ganaderos y agricultores si les quitas los vehículos. Eso sí: lo que tenga pinta de haberse sido modificado para un "circuito" te lo pueden echar para atrás.

Saludos

Fuel.

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... Exceptuando la época de incendios, no creo que tengas ningún problema. No necesitas ninguna autorización para moverte por tu terreno con un vehiculo a motor: estarían finos los ganaderos y agricultores si les quitas los vehículos. Fuel.

Que no fuel, que no, que si te pillan con tu moto por tu pinar te doblan seguro por el simple hecho de que tu pinar es monte ... que los agricultores y ganaderos NO se meten con sus vehículos por el monte campo a través y si lo hacen no es por capricho.

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... Exceptuando la época de incendios, no creo que tengas ningún problema. No necesitas ninguna autorización para moverte por tu terreno con un vehiculo a motor: estarían finos los ganaderos y agricultores si les quitas los vehículos. Fuel.

Que no fuel, que no, que si te pillan con tu moto por tu pinar te doblan seguro por el simple hecho de que tu pinar es monte ... que los agricultores y ganaderos NO se meten con sus vehículos por el monte campo a través y si lo hacen no es por capricho.

Fíjate que no te quito la razón: digo "no CREO que tengas ningún problema". Que si pasa algún SEPRONA o Forestal talibán te puende crujir, pues sí, pero tiene que ser auténtico talibán, porque si vas a recoger piñas o a limpiar el pinar con un remolque, te garantizo que el recurso lo ganas. Por eso lo importante es no modificar nada del terreno. Como has dicho, los ganaderos no meten sus vehículos campo a través por capricho. En mi finca familiar, el ganadero anda por mitad de los prados con el todo terreno y su remolque para alimentar a los bichos y claro que le podrían denunciar, pero la denuncia no va a ningún sitio. En fin, la ley está así, y hay que pedir permisos para todo aunque sea tu terreno, pero casi 100% seguro que no te denuncian por eso.

Saludos.

Fuel.

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victor de caceres

Yo de legislación forestal ni idea, pero sí te puedo decir que cuando trabajaba en las brigadas contra incendios durante el invierno realizábamos tareas preventivas, como desbroce y fajas de seguridad...y teníamos que pedir permisos hasta para mear en el monte :roll: y ojito, que como cortarses algo que no debías, ya tenías jaleos con el forestal.Nosotros trabajábamos en monte público, pero en el privado igual. También es verdad que no es lo mismo que por tú finca pase un camino público, o un arroyo, o una charca, etc...que por ahí puede pasar todo el mundo, a que sea una finca cerrada a cal y canto.

Yo te diría que modificación sin autorización , ni de broma.

Uso tal cual, quizás tendrías defensa sí la finca está catalogada en alguna explotación. Claro, que decirle a un juez que ibas en una moto de competición, vestido de robocop, para ver que tal está este año la procesionaria, pues no sé...pero oye, con su culo...cada uno hace lo que quiere. :mrgreen:

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Lo que voy a hacer es buscar a los sepronas, y comentarles la jugada. La verdad es que no tengo nada que perder.

Tengo otra tierra, esa es de cultivo, pero lleva años sin labrarse. Esta lindando a un pinar, ahi podria andar??, porque segun la ley de monte hay que dejar 400 metros. Esta tiene 9000 m2, y toda arena y una finca de caballos al lado, que cuando me he metido alguna vez, parecen un tiovivo.

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