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La Guardia Civil me llama la atencion e informa...

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sonarbass

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haber aqui hai dos temas que estais mezclando y son distintos, uno es el tema del seguro y el otro es el de si pueden hacerte algo dentro de tu finca privada.

Lo del seguro esta claro pues para algo esta el codigo de circulacion, el vehiculo si esta matriculado tiene obligatoriedad de estar asegurado por ley .... pues SI, aunque no lo saques del garaje. Para algo si no lo usas y lo tienes sin seguro tienes que darle de baja temporal en trafico hasta que vuelvas andar que lo vuelves a dar de alta y lo aseguras

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Como bien han dicho es un tema muy complejo... y como siempre pasa las leyes las aplican un poco como quieren... pero lo que esta claro es que si es moto de enduro matricula y seguro, o sino como bien han dicho darla de baja de forma temporal.

Si tu finca esta totalmente vallada puedes ir en moto ( en ese caso yo quitaría la matricula como bien han dicho), en principio si no van con orden no pueden entrar. Ahora eso no significa que no te puedas buscar problemas, ya que bien pueden conseguir una orden para entrar, depende el terreno o donde estés pueden multarte por temas medioambientales ya que no tendrás ningún permiso como circuito privado ni los de medio ambiente te habrán dado su aprobación.

Tampoco no hay que ser alarmistas yo me encuentro con algo parecido pero con la moto de trial, tengo una finca privada y exclusiva, y las motos de trial sin seguro ni matricula, pero nunca salen de la riera que tenemos dentro de la propiedad. Nunca nos ha pasado nada, y dudo que nos pase algo, eso si si por casualidad viniesen los sepronas , guarda civil, mossos o quien sea hay que ser sensato hablar tranquilamente y no ir a malas... ya que si vas a malas con la autoridad tienes todas las de perder...

Asi que suerte yo estaría tranquilo ( me pondría el casco que tampoco no cuesta mucho) y si estoy dentro de mi finca quitaría la matricula para evitar sorpresas

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Este tema tiene tela,

Por una parte el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor dice: "Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular..."

de la misma forma indica que:

"Se entiende que el vehículo tiene su estacionamiento habitual en España: entre otros casos cuando tiene matrícula española, independientemente de si dicha matrícula es definitiva o temporal...."

:arrow: en base a esto se supone que cualquier vehículo con matrícula deberá estar asegurado, independientemente de donde se encuentre estacionado. (al menos esto dan a entender los foros de consulta entendidos sobre este tema.

Por otra parte, el reglamento que aprueba el RDL 8/2004, el Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor dice "Tienen la consideración de vehículos a motor, a los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la obligación de aseguramiento, todos los vehículos idóneos para circular por la superficie terrestre e impulsados a motor, incluidos los ciclomotores, vehículos especiales, remolques y semirremolques, cuya puesta en circulación requiera autorización administrativa de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial."

Los vehículos que requieren autorización administrativa de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, deberán ser los que se encuentran en su ámbito de aplicación ¿no?

Si la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial la dicta el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y sus respectivas modificaciones, entiendo que como en su artículo 2 dice "Ámbito de aplicación: Los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios."

:arrow: Yo entiendo que tu finca privada es tuya y sólo tuya, y que no puede ser usada por una colectividad indeterminada de usuarios porque entre otras cosas tienes esa verja, así que no creo que se te pueda aplicar legislación alguna sobre el tema por lo que como alguno te ha dicho por aquí, si no te han denunciado... será que no puedan hacerlo y punto.

Pues de lo leido entiendo que un vehiculo debe de estar asegurado siempre y cuando ocupe plaza en la via publica. Si tu tienes un coche que no utilizas y lo tienes dentro de un garage lo puedes tener sin seguro, siempre y cuando no lo muevas de allì

El ùltimo punto deja claro lo que te decia, si la finca es tuya y solo tuya, puedes tener el vehiculo sin seguro, orra cosa es el tema medio ambiente......si la finca es privada pero de una colectividad o comunidad tienes que tener seguro por los daños que puedas causar a terceros, la gc nunca pasarà a denunciarte dentro, pero si lo podria hacer un vecino de la finca

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Pues yo tengo una finca privada y en ella tengo sin asegurar, camiones, tractores, motos, quads, land rover dados de baja.

Algunos vehículos están dados de alta pero como solo circulan dentro de la industria, no tienen obligatoriedad de estar asegurados.

De vez en cuando viene la G.Civil, Seprona o policía local a la empresa y jamás nos han dicho nada.

Está todo vallado, con carteles de propiedad privada y prohibido el paso por todos lados.

Un amigo policía me dijo que en la vía pública si es obligatorio tener todo lo que mandan las leyes de tráfico, pero en lo privado, si está vallado y cerrado, no.

En estos días le haré de nuevo la consulta y contaré lo que me diga.

Saludos.

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Hola, muy buenas, y muchas gracias a todos por las respuestas, creo que este post puede serle de utilidad informativa a muchos de nosotros...

Bueno, he leido todos los post, y creo que la ley no anda muy clara en ello, o al menos no me lo aclara muy bien a mi...jejeje, pues noto cierta sensacion de contradiciones..., es la impresion que meda...

por ejemplo y citando a Terrones:

Como bién te han dicho, si tu moto no esta de baja temporal tiene que contar con seguro e ITV.

Por otro lado:

REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

No serán aplicables los preceptos mencionados a los caminos, terrenos, garajes, cocheras u otros locales de similar naturaleza, construidos dentro de fincas privadas, sustraídos al uso público y destinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes.

Entiendo que el ambito de aplicacion de la ley, es hasta dicho texto que te he citado, por lo que me remito a lo que dije al principio que genera contradiciones, pues aqui, si no he mal interpretado, me esta amparando la ley, ¿no?, salvo que falte algo mas en ese texto...

Por otro lado me parece a mi algo absurdo lo de tener obligatorio el seguro si el vehiculo esta matriculado, pues a mi entender creo que da lo mismo que este matriculado o no, para que puedas tener un accidente, y la razon que me parece absurdo de tener que asegurarlo por estar simplemente matriculado cuando tambien es permisible darle da baja (temporal) y poder usarlo dentro de la finca... :roll:

Al mismo tiempo, tambien me parece un poco raro, tener que mantener un seguro si por ejemplo tienes el vehiculo restaurandolo o reparandolo y lo tienes desarmado durante por ejemplo menos de un año, pues por este tiempo no le encuentro sentido tener qeu dar de baja temporal al vehiculo..., bueno... obviamente con estas cosas no se van a menter (de momento).

La finca es privada, y esta vallada totalmente, la pista es de acceso a la casa de mis padres, nadie mas yo ahi ya no vivo (de momento, :roll: ) pero como es mas grande que mi actual vivienda, pues la tengo guardada alli, asi que no da lugar a paso de transito vecinal, ni personas ni nadie, salvo los alli presentes.

Ah!, Asi mismo tambien me indicaron que las motos de cross, solamente podian circular en circuitos especializados para ello, pagando un determinado seguro especial.

Muchas gracias por la informacion Endutrial, de hecho, me acabas de recordar, que cerca estan haciendo una obra faraonica, en la que poseen un toyota de los viejos, que utilizan unica y exclusivamente dentro de la obra, para el transporte de personal, concretamente los buceadores (la obra es en el mar), que se suben y bajan constantemente al vehiculo, asi que ya te puedes imaginar el estado en el que esta el vehiculo, con oxido hasta en las gomas. Pues si no ha cambiado la situacion te lo puedes encontrar con la pegatina de la itv de hace 2 años y sin seguro...y como la obra que esta vallada y permanece fuera de la via publica, con carteles de prohibido el paso a personal ajeno a la obra, etc.

Un saludo.

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Si lo tuyo es para tu uso tranquilo, lo del toyota que comentas......ufff, se la estan jugsndo dia tras dia, si transportan a los obreros de un sitio s otro por dentro de la obra espero que un dia no vuelquen y alguno salga herido, lo van a tener jodidillo como el herido les denuncie, tanto la propiedad del vehiculo como el conductor en ese momento

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Una cosa es la Ley y otra los criterios de aplicación. De momento no se estan metiendo con los coches y motos clásicos guardados y que no circulan y están sin seguro por razones obvias. El tema es que cada dos por tres aparecen titulares de que en España circulan nose cuantos cientos de miles de coches sin seguro y yo creo que un nº muy importante son de casos como los que aquí comentamos que el peligro que encierra que estén sin seguro es ínfimo y relativamente bajo. En cualquier momento nos van a obligar a asegurarlos.

Lo de las fincas y las obras ya es más discutible, mejor qu eno te vean mucho

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Tengo un amigo en silla de ruedas probando la moto dentro de su jardin sin casco.

Lo del seguro está obligado todo vehículo con "estacionamiento habitual en españa", independientemente de que circule o nó.

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Tengo un amigo en silla de ruedas probando la moto dentro de su jardin sin casco.

Lo del seguro está obligado todo vehículo con "estacionamiento habitual en españa", independientemente de que circule o nó.

Si...yo conozco a una señora que tambien quedo por desgracia, bajando la escalera de su propia casa, asi mismo una anciana que resulto atropellada por un coche al subirse la acera, un niño con 15 puntos en la cabeza por que tiraron una piedra jugado a las guerrillas, la maceta que cae desde un 5º piso y te pasa silvando al lado, aquel qeu caminando descalzo y a oscuras de madrugada par ir al baño se mete un viaje en el dedo que se lo deja revirado como una antena de las de cuernos, o aquel que se mete a regular el carburador en el garaje de su casa, de su antiguo simca para el rally de clasicos de su pueblo y acaba en el hospital intoxicado con el monoxido de carbono por no haber ventilado....etc, etc, etc, etc... :roll:

Respecto a la obligatoriedad del seguro para todo vehiculo estacionado en españa, me supongo que te referiras siempre que este esté matriculado y dado de alta, sin embargo aun siendo asi, me gustaria saber en qeu apartado y que tipo de rango de norma, ley, decreto, etc, lo recoje, por que claro de ser asi que alguien me explique lo que nos puso Terrnoes en la cita que hice e mi anterior post, que en resumidas cuentas biene a decir que el propietario queda eximido, si el vehiculo se encuentra en garajes, cocheras dentro de fincas privadas donde se destinen para la circulacion por dentro de estas por los propietarios de dichas fincas.... :roll:

Un saludo.

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Es un completo "sin sentido". Aunque lo tengas guardado si está de alta tienes la obligación de tener seguro e ITV.

A mi me robaron un coche del interior de una finca privada, cuando le detuvieron lo recuperé, pero la multa por ir el caco sin seguro e ITV la tuve que pagar pese a los recursos...

Dicen:"es que tienes que darlo de baja temporal"

Vale, a un compi le pasó algo similar, pero no fué un robo, cuando le hicieron el alto, le pusieron la del seguro, ITV, y otra mas por circular con el vehiculo de baja, y le dejaron continuar, toma ya! Entonces...como quedamos?

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. Nunca nos ha pasado nada, y dudo que nos pase algo, eso si si por casualidad viniesen los sepronas , guarda civil, mossos o quien sea hay que ser sensato hablar tranquilamente y no ir a malas... ya que si vas a malas con la autoridad tienes todas las de perder...

Hay que hablar tranquilamente y con educación a todas las personas, independientemente de la función que desempeñen. No estoy de acuerdo en que si vas a malas con la Autoridad tienes todas las de perder, tienes las de perder si no te amparan las leyes. Si no has cometido ninguna infracción ni has vulnerado ningun reglamento no tienes nada que temer de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

P.D.: Si se te va la cabeza y actuas malamente contra las FF.CC.SS.EE ya estás vulnerando normativa reglamentada.

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Es un completo "sin sentido". Aunque lo tengas guardado si está de alta tienes la obligación de tener seguro e ITV.

A mi me robaron un coche del interior de una finca privada, cuando le detuvieron lo recuperé, pero la multa por ir el caco sin seguro e ITV la tuve que pagar pese a los recursos...

Dicen:"es que tienes que darlo de baja temporal"

Vale, a un compi le pasó algo similar, pero no fué un robo, cuando le hicieron el alto, le pusieron la del seguro, ITV, y otra mas por circular con el vehiculo de baja, y le dejaron continuar, toma ya! Entonces...como quedamos?

No hay ninguna obligación de tener seguro si el vehiculo no circula o está estacionado en una vía pública. Las oficinas de seguro te dicen que sí para que sigas pagando.

En tu caso el vehiculo circuló por una vía pública aunque quién lo condujera era un ladrón, el responsable es el titular del vehiculo.

Si tu vehiculo no hubiera llegado a la vía pública jamás te hubiesen denunciado.

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  • 1 month later...
. Nunca nos ha pasado nada, y dudo que nos pase algo, eso si si por casualidad viniesen los sepronas , guarda civil, mossos o quien sea hay que ser sensato hablar tranquilamente y no ir a malas... ya que si vas a malas con la autoridad tienes todas las de perder...

Hay que hablar tranquilamente y con educación a todas las personas, independientemente de la función que desempeñen. No estoy de acuerdo en que si vas a malas con la Autoridad tienes todas las de perder, tienes las de perder si no te amparan las leyes. Si no has cometido ninguna infracción ni has vulnerado ningun reglamento no tienes nada que temer de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

P.D.: Si se te va la cabeza y actuas malamente contra las FF.CC.SS.EE ya estás vulnerando normativa reglamentada.

Error..!, y podria hacer un extenso y arduo listado de anecdotas, historias, y casos.

Uno, que para mi es el de mayor peso de todos y "primera mano", osea que no es sacado de uno que me dijo, que oyo a otro, que le conto su amigo...que tal o cual.

Cual persona, en sus plenas facultades, y que este ejerciendo como agente y como persona que es, pudiendo adquirir personalidad de mala fe y actuando de la misma manera aprovechando su posicion, puede como ejemplo, tomar los datos de tu vehiculo que esta felizmente aparcado en un estacionamiento pertinente, en el garaje, o en la azotea de tu casa... y aun estando todo legal y correcto, imponerte una multa de trafico por haberte saltado un semaforo rojo, en la otra punta de tu pueblo, provincia, ciudad, lo que sea, aunque tu estes felizmente comiendo en tu casa o jugando a la wii...

Ahora....si puedes, o logras demostrar, que esa multa es improcedente, pensaras que has ganado pero..., nooo, has perdido...., has perdido tu tiempo, en poner recursos y reclamaciones, has perdido energia con el cabreo, te has sentido impotente, y encima como no lo puedas demostrar... ajo y agua amigo...

Mira y para muestra un botón

Eso si, tambien hay buenas personas dentro de los cuerpos de seguridad, yo de hecho salgo a tomar alguans copillas con algunos.

Un saludo.

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Cual persona, en sus plenas facultades, y que este ejerciendo como agente y como persona que es, pudiendo adquirir personalidad de mala fe y actuando de la misma manera aprovechando su posicion, puede como ejemplo, tomar los datos de tu vehiculo que esta felizmente aparcado en un estacionamiento pertinente, en el garaje, o en la azotea de tu casa... y aun estando todo legal y correcto, imponerte una multa de trafico por haberte saltado un semaforo rojo, en la otra punta de tu pueblo, provincia, ciudad, lo que sea, aunque tu estes felizmente comiendo en tu casa o jugando a la wii...

Un saludo.

Pero para actuar de mala fe contra uno no es necesario ser funcionario público, ni miembro de las FFCCSS ni nada, con que tu necesites de su profesión y el quiera actuar de mala fe basta y sobra. A mi me han cobrado copas a un euro más que a algún colega, me han echado para atrás ITV's que luego mi señora ha pasado sin tocar el defecto, me han suspendido exámenes que copié literalmente del libro, etc etc; vamos, que creo que llegar a estos extremos es querer rizar el rizo; esto es como tratar de afirmar que el avión es el medio de transporte más peligroso que existe, por el hecho de que cada vez que cae uno, se salva solamente el 1% de las personas que lo ocupan...

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A.D.enduroalboloduy

Cuando dice todo vehículo matriculado en España, también se incluyen los de ellos, que no se si sera un bulo, leyenda urbana o habladurias. Pero yo nunca he visto que lleven una pegata de la ITV, y con el rollo de la crisis no veas como los llevan que dan pena, y de seguro ni hablamos, no sera ni el primero ni el ultimo agente que da su propio seguro de su vehículo para evitarse follones, sera que no llevan seguro estos vehiculos, y si lo llevan y tienen ITV jejejeejejjejee podemos estar así todo el dia

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