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Moto guardada sin seguro

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kikekomatsu

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Sobre el Artículo 1 (ámbito de aplicación), cada vez tengo más claro que se refiere a que en una finca privada no te pueden sancionar por ejemplo por hacer trompos, por circular de noche sin luces ó por circular sin espejos retrovisores.

Pero eso no te exime de tener el seguro en vigor, es lo que saco en conclusión después de comerme mucho la cabeza con este tema, que al fin y al cabo, ni me va ni me viene.

Y PARA REHABILITAR UN VEHÍCULO DADO DE BAJA, !NO ES NECESARIO LA ITV AL DÍA¡. No se quien se ha inventado lo contrario.

Pero lo que sí que es seguro, es de que para dar de alta un vehículo dado de baja temporal, has de tener la ITV al día.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... jatemp.pdf" onclick="window.open(this.href);return false;

Salu2.

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Entonces ........... si das de baja temporal una moto (evidentemente sin seguro), el día que la quieras dar de alta ..........

Vas a Tráfico con la solicitud de alta rellena, con la tarjeta de inspección técnica (con la ITV caducada) y ¿Ya está?

¿Y el impuesto del ayuntamiento? ¿Te lo pasarían a cobrar desde ese día o tienes que solicitarlo previamente?

Lo digo porque siempre que he matriculado un vehículo nuevo, he tenido que ir al ayuntamiento a pagarlo el día anterior a la matriculación.

Salu2.

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Hoy me he pasado por la Jefatura de Tráfico y ya he salido de dudas y espero que todos vosotros también.

Para dar de baja temporal un vehículo, se rellena el impreso, se pagan 8.10€ y se aporta el permiso de circulación y la TIT.

Tráfico se queda con el permiso de circulación antiguo y a ti te darían un justificante como que ese vehículo está dado de baja temporal y la TIT.

Para darla de alta exactamente igual, se rellena el impreso, se pagan 8.10€ y se aporta la TIT; no es necesario tener la ITV al día.

No es necesario pero SÍ, ya que te lo pondrá en el nuevo permiso de circulación que sin la ITV en vigor, el permiso de circulación carece de validez.

Eso quiere decir que tendremos que tener mucho ojo para circular sin la ITV en vigor, ya que los seguros tampoco se suelen hacer responsables.

Tampoco te piden el impuesto del ayuntamiento pagado previamente, sino que una vez dado de alta el vehículo dan la orden al ayuntamiento y unos días después te mandarán la parte proporcional que te toque pagar.

Pero al menos de Tráfico saldremos con todos los papeles necesarios para tener el vehículo en regla; ahora con todos los papeles sacaríamos el seguro (que no te suelen pedir la documentación) y solo nos quedaría ir a pasar la ITV.

Salu2.

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