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con niños por vias sin asfaltar y carreteras

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Hola a todos, me pregunto si alguien tiene un conocido que le pueda indicar o si directamente sabe que legislación hay para moverse por las vias sin asfaltar o incluso las carreteras asfaltadas con un niño en una moto electrica sin matricula ni nada.

Moto tipo para niño de 4 años.

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No se hasta que punto es aceptable decir, oye es un juguete eléctrico de igual forma que si vas por vias forestales etc...

Igualmente con bicicletas se puede circular por las carreteras, sabeis si hay un limite minimo de edad para los niños? o si con esto podria ?

Gracias.

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buenas

comenzar diciendote que todo depende de con quien te pare.

tambien decirte que a mi hace ya unos años con 24-25 años que tendria por aquel entonces me querian multar por ir un con un patinete electrico (si,si uno de esos que los hacen precisamente para moverte por el carril bicis...)

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Es un vehículo a motor sin homologar. Lo que vendría siendo ua moto de cross. Es el mismo caso.

No es apto en ningún caso para circular por la vía pública. Deberías limitarte a fincas y terrenos privados.

Eso es lo que dice la ley. Lo que luego hace cada uno........

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Gracias, oye pepet, pero es que hasta esto tiene motor electrico....

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y evidentemente hasta van por las aceras...

La duda es si hay algo que limite por CV, potencia KW o algo...

Motor llevan muchas cosas, hasta una silla de ruedas puede ser mas potente incluso....

La cuestión de VEHICULO A MOTOR creo que puede ir por el tema no de motor, si no de lo que se tenga en consideración como Vehiculo !!!

Vehiculo Por RAE: Medio de transporte de personas o cosas.

Juguete Por RAE: Objeto atractivo con que se entretienen los niños.

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Es que estoy mirando por ejemplo la nueva normativa de la dgt, respecto a bicicletas dice que los menores de 8 años no podran circular por el arcen la autovia, salvo que vayan acompañados por mayores de 15 años.

A parte del suicidio que me parece un niño de 8 años por autovia, respecto a carretera convencional con o sin arcen, no hay nada al respecto, lo tipico de la carretera del pueblo .....

si una bicicleta puede circular sin limite minimo de edad, entiendo que una bicicleta electrica tambien...

Si un niño con triciclo puede ir por la calle, esto otro no puede ? es que no veo normativa especifica para ello, más allá del TODO VEHICULO DE MOTOR..... clasico....

Por eso la duda de hasta que punto es un vehiculo o un juguete... en funcion de quien lo comercializa ? segun si lleva numero de serie o numero de bastidor ?

Haber si un GC o Municipal entendido puede aclararlo....

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  • 2 months later...

Cuando tenía 8 años estaba en un descampado rodando con mi Rieju MX 50, mi padre iba en bici detrás de mi y se acerco la policía local y nos dijo que no estaba permitido pero claro no es el mismo caso, la rieju era de gasolina y hacía bastante ruido por ser tan pequeña. Yo me acercaría a la comisaría de la policía local y se lo preguntaría directamente, llevando la moto en el coche para enseñársela a los guardias si hiciera falta.

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No hay nada claro respecto al tema.

Te puedo comentar mi experiencia. Con una oset y una niña de 6 años con su correspondiente Casco circulando por una acera ancha y sin peatones.

Me acerqué a una pareja de policías municipales y les pregunté por este tema. La respuesta fue que como no mete ruido, mientras no moleste ni vayas haciendo el tonto y poniendo en peligro a los peatones para ellos era como una bicicleta o una motofeber.

Lógicamente, mi hija va con su casco correspondiente y la moto con la velocidad limitada al mínimo.

En definitiva, que la cosa depende tanto de tu sentido común y comportamiento como de las ganas que tenga el agente correspondiente de montar el pollo.

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No hay nada claro respecto al tema.

Te puedo comentar mi experiencia. Con una oset y una niña de 6 años con su correspondiente Casco circulando por una acera ancha y sin peatones.

Me acerqué a una pareja de policías municipales y les pregunté por este tema. La respuesta fue que como no mete ruido, mientras no moleste ni vayas haciendo el tonto y poniendo en peligro a los peatones para ellos era como una bicicleta o una motofeber.

Lógicamente, mi hija va con su casco correspondiente y la moto con la velocidad limitada al mínimo.

En definitiva, que la cosa depende tanto de tu sentido común y comportamiento como de las ganas que tenga el agente correspondiente de montar el pollo.

Claro, pero eso es lo que te dijeron esos 2 locales, en ese momento. Lo mismo les ves al dia siguiente y te dicen lo contrario. A mi me paso eso con una carabina de aire comprimido. Antes de comprarla fui al cuartel a preguntar que documentacion era necesaria para tenerla legalmente. El GC muy amable, me dijo que nada de nada... que no me pusiera disparar en medio de una ciudad, ni a pajarillos,etc... pero que no hacia falta nada. Meses despues, disparando a dianas, con mi sobrino en una finca privada, en mitad del campo, se presenta la GC y me piden la documentacion del arma. Les digo que solo tenia la factura de compra. Que en su momento fui al cuartel a informarme y me dijeron que no se necesitaba nada. Pues me quedé sin carabina... y ya verian si me llegaba la multa o no. Que majos ellos.

En estas cosas suele pasar esto. Nunca dicen nada, hasta que pillas con el imbecil de turno y con la ley en la mano, te jode.

Saludos.

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Buenasss

Mi peque de 4 años va con una osset 16 y en el libro de usuario pone que no puede ir por la vía publica.

Yo la uso en en pueblo pequeñito que no hay ni policía local y como no hace ruido pasas desapercibido,pero `puede llegar algún gilipollas algún día que pueda decir algo o decirselo a la guardia civil.

Saluos

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Yo e llegado a hacer 15 kilometros por el monte con el mio,eso si,pistas muy apartadas de la circulacion,si me pararan,no creo que tuviera muchos problemas

Pero siempre puedes topar con un tocahuevos y te joda el dia

Pero vamos,yo con mi yamaha delante y el detrás de mi con su mecatecno,a treinta por hora,ya tendria que ser muy hijo puta el tio

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Claro, pero eso es lo que te dijeron esos 2 locales, en ese momento. Lo mismo les ves al dia siguiente y te dicen lo contrario. A mi me paso eso con una carabina de aire comprimido. Antes de comprarla fui al cuartel a preguntar que documentacion era necesaria para tenerla legalmente. El GC muy amable, me dijo que nada de nada... que no me pusiera disparar en medio de una ciudad, ni a pajarillos,etc... pero que no hacia falta nada. Meses despues, disparando a dianas, con mi sobrino en una finca privada, en mitad del campo, se presenta la GC y me piden la documentacion del arma. Les digo que solo tenia la factura de compra. Que en su momento fui al cuartel a informarme y me dijeron que no se necesitaba nada. Pues me quedé sin carabina... y ya verian si me llegaba la multa o no. Que majos ellos.

En estas cosas suele pasar esto. Nunca dicen nada, hasta que pillas con el imbecil de turno y con la ley en la mano, te jode.

Con las carabinas existe mucha confusión y no todos los ayuntamientos saben gestionar el asunto.

Una carabina no es una arma de fuego, pero es una arma.

Las carabinas de aire tienen un uso muy específico. Luego cada uno hace lo que quiere por su cuenta y riesgo.

Los vibradores también se venden como aparatos de masaje. Lo qué luego haga cada uno con él........

http://administracionpublica.com/normat ... -perdigon/

PD. Tú haz lo que yo digo, no lo que yo hago. En casa tenemos escopeta de balines sin ningún papel. Por no tener, ni factura tengo. Pero ojo, que todo depende del uso. Tener una arma de fuego en casa sin papeles es ilegal. Una carabina de aire comprimido no. Ilegal es sacarla a la calle.

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