Saltar a contenido

MODIFICACION DE LA LEY DE MONTES

Puntuar este tema:


Josebaab

Recommended Posts

TEXTO ACTUAL

Artículo 54 bis Acceso público

1. El acceso público a los montes podrá ser objeto de regulación por las Administraciones Públicas competentes.

2. La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes. Excepcionalmente, podrá autorizarse por la Administración Forestal el tránsito abierto motorizado cuando se compruebe la adecuación del vial, la correcta señalización del acceso, la aceptación por los titulares, la asunción del mantenimiento y de la responsabilidad civil.

3. El acceso de personas ajenas a la vigilancia, extinción y gestión podrá limitarse en las zonas de alto riesgo previstas en el artículo cuando el riesgo de incendio así lo aconseje, haciéndose público este extremo de forma fehaciente.

NUEVA REDACCION Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. (121/000128)

Presentado el 12/01/2015, calificado el 20/01/2015

"Artículo 54 bis. Acceso público.

1. El acceso público a los montes será objeto de regulación por las Administraciones Públicas competentes.

2. Las comunidades autónomas definirán las condiciones en que se permite la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras y a través de terrenos forestales, fuera de los viales existentes para tal fin.

3. En ningún caso podrá limitarse la circulación en las servidumbres de paso para la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y de extinción de incendios de las Administraciones Públicas competentes.

4. El acceso de personas ajenas a la vigilancia, extinción y gestión podrá limitarse en las zonas de alto riesgo de incendios previstas en el artículo 48, cuando el riesgo de incendio así lo aconseje, haciéndose público este extremo de forma visible."

Si esto queda asi, pasamos de un principio de prohibición general con excepciones a un principio general de autorización general, con condiciones. Tambien es cierto que en la mayoria de las Comunidades Autonomas tienen competencia exclusiva en la materia, y seguiremos en sus manos, pero algo es algo.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Tiene pinta de que, de aprobarse, supondría un cambio notable por lo menos respecto a la situación legal del uso motorizado del campo en general. He estudiado Derecho y llevo años leyendo este foro y sorprendiéndome de algunas situaciones de persecución contra la moto de campo en general llevadas al extremo y basadas en una ley cutre, establecida gracias a políticos de turno con intereses particulares y demás, pero sobre todo inconstitucional (artículo 19). Una cosa es querer proteger el medio ambiente y regular su acceso y otra esta gilipollez que se habían sacado de la manga y nos habían impuesto a la fuerza. Estoy de acuerdo en que seguirá dependiendo de cada Comunidad Autónoma el cómo nos afecte a cada uno, pero como bien dices Josebaab de ser esa la ley se reconoce el derecho de acceso y circulación y las Comunidades sólo podrán definir condiciones y no prohibir totalmente y punto. De ser así, ahora que sería perfectamente legal, no vendría mal aprovecharlo para lograr acuerdos de asociación de esos que alguna vez he visto proyectos y que se basan principalmente en sacar pasta, que es lo que les encanta a las Administraciones, de usar los ingresos para mantenimiento de zonas verdes, lo que podamos llegar a erosionar que ya demostró el Informe Boada que era poquísimo, y sobre todo, dejarnos en paz de una vez. Tampoco estaría de más que teniendo tantos y tan buenos pilotos profesionales en España, se dignasen a dar su apoyo un poco más en esta causa, que ellos también se ven afectados para entrenar.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Pues aquì en la Ley de Montes Gallega nos han colado tèrminos de dudosa o incluso capciosa interpretaciòn como es lo de " aptitud deportiva", sigue sin aclarar lo de " servidumbres a que hubiera lugar" y por supuesto manga ancha para la explotaciòn piscìcola y cinegètica que inexplicablemente ( y supongo que esto es una cagada del legislador) pueden circular por cortafuegos, campo a travès y vias de saca de madera. En fin no os creàis que en las CC.AA. nos lo van a poner fàcil, màs bien al contrario, hacen ejercicio de cinismo y se inventan nombres rinbombantes al estilo del finiqito indiferido de Bàrcenas para seguir creando indefensiòn, inseguridad y que la aplicaciòn o interpretaciòn de estos tèrminos "tan jurìdicos" sea totalmente arbitraria por parte de la autoridad y muy difìcil de rebatir luego en un proceso de defensa.

Resumiendo que no hay quien la entienda y que dan ganas de pillar una caña de pescar plegable del Decatlhon, quitarse la licencia del ciprìnido que no suele haber veda, amarrarla al manillar o echarla a la mochila con una fotocopia del DOG (Diario Oficial de Galicia) de la Ley y a ver quien te para. Es para reirse pero realmente es bien triste esta situaciòn.

Bueno por lo menos se ha dado un pasito y queda una esperanza.

Enlace al post
Compartir en otros sitios
confucioenmoto

Que hable Podemos, a ver que proponen.

Jejeje

En serio, no entiendo como las federaciones, conocedoras del negocio que "movemos"con la moto, no hacen un grupo de presión ante los diferentes gobiernos.

Saludos

Enlace al post
Compartir en otros sitios

Aqui en Cataluña esa ley lleva ya unos cuantos años y no vale para nada !!, tiene que existir una autorizacion explicita en un registro del ayuntamiento correspondiente por la cual se autoriza a dicha circulacion, esta clarisimo que tanto si es un camino privado como publico nunca nadie dara esa autorizacion.

Pero no os dais cuenta que no nos quiere nadie !!!!!!!!!!!!!

Enlace al post
Compartir en otros sitios
Que hable Podemos, a ver que proponen.

Jejeje

En serio, no entiendo como las federaciones, conocedoras del negocio que "movemos"con la moto, no hacen un grupo de presión ante los diferentes gobiernos.

Saludos

Federación? No me hagáis reir. Si no hay pasta de por medio olvidaos.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

¡Navega sin publicidad en 2y4t!
Registra una cuenta o conéctate para comentar

Debes ser un miembro de la comunidad para dejar un comentario

Crear una cuenta

Regístrate en nuestra comunidad. ¡Es fácil!

Registrar una cuenta nueva

Iniciar Sesión

¿Ya tienes cuenta? Conéctate aquí.

Iniciar Sesión
×
×
  • Create New...